Libertinaje y el 6 de Febrero: un Drama en Familia, Cletto Arrighi

[Scapigliatura e il 6 febbraio: un dramma in famiglia]. Novela de Cletto Arrighi (anagrama de Cario Righetti, 1830-1906), publicada en Milán en 1862. La obra es notable, no tanto por sus méritos literarios, que son mediocres — el estilo es a menudo pedestre y forzado y los personajes no llegan a vibrar—, como por haber dado nombre a esa categoría de individuos, «plenos de ingenio, indepen­dientes… tan dispuestos al bien como al mal… inquietos, molestos, turbulentos…» que por sí mismos forman una clase social: la «scapigliatura».

El nombre tuvo éxito y se aplicó para distinguir el círculo literario milanés al que pertenecían escritores como G. Rovani, E. Praga, Tarchetti, Boito, Bossi, de sensibilidad más fina que el de Arrighi. El protagonista de la novela — que tiene como fondo histórico los desdichados movimientos mazzinianos del 6 de febrero de 1853 en Milán — es un «libertino» («scapigliato») cínico y a la vez entusiasta. Hijo ilegítimo de un miembro de la buena so­ciedad milanesa, del que ignora el nombre, se enamora de la joven y bella esposa de su padre. Convertido en su amante — a la vez que mantiene relaciones íntimas con una muchacha del pueblo que le dará un hijo—, después de los primeros ardores, distraído en parte por sus preocupaciones políticas, se enfría su amor, que desde los primeros momentos había sido favorecido por la perversidad de una prima de su amante, ansiosa de hacerla caer para que la desherede su opulento abuelo. Conven­cido luego de la trágica inutilidad del mo­vimiento mazziniano confiado a los peores elementos populares, decide salir del am­biente de los conspiradores y huir a Francia con su amante, que se refugia en su casa cuando el marido tiene conocimiento de su culpa.

Marido y amante están a punto de desafiarse en duelo, pero interviene el tutor del joven, que los detiene con la tremenda revelación del lazo de .sangre que les une. La revolución popular que estalla al día siguiente encuentra entre los más desespe­rados combatientes al joven protagonista, que muere. A su lado, otros «scapigliati» como él combaten y mueren, purificándose así de su inquieta existencia. El niño na­cido de sus relaciones con la muchacha del pueblo es adoptado por el abuelo y la an­tigua amante: el «libertinaje» descansa en la seguridad de la vida burguesa o de la muerte.

G. C. Onesti

De la Libertad de los Antiguos Comparada con la de los Modernos, Henri-Benjamin Constant de Rebecque

[De la liberté des anciens comparée á celle des modernes]. Célebre ensayo político de Henri-Benjamin Constant de Rebecque (1767-1830), incluido en la última parte de su Curso de política constitucio­nal (v.), pronunciado en el Ateneo Real de París en 1819. Para el autor, la diferen­cia acerca del concepto de libertad entre antiguos y modernos es sustancial : los antiguos no tuvieron independencia pri­vada, ni garantías propiamente constitucio­nales, ni libertad civil; su libertad es, en conclusión, un despotismo de Estado con absoluta soberanía sobre los ciudadanos. Los modernos, en cambio, tienden a la libertad del individuo en todas sus formas y sus manifestaciones. En la participación en el gobierno no ven sino la manera de garan­tizar la independencia personal y legítima. Los modernos no quieren, como quisieron los antiguos, sacrificar el individuo al Es­tado, que ha venido a perder así gran parte de sus prerrogativas, heredadas del individuo como cabeza de familia, propietario, indus­trial, obrero, artista, cristiano o filósofo. El ensayo de Constant muestra muy bien la actitud política del primer liberalismo, liga­do todavía a las premisas de la Ilustración, y su importancia es notable para compren­der el pensamiento político que influyó en grado sumo en la preparación de los nuevos derechos de libertad.

C. Cordié

La Libertad Religiosa, Francesco Ruffini

[La libertà religiosa]. Obra histórica de Francesco Ruffini (1863-1934), de la cual se publicó en 1903 el primer y único volumen: «Historia del pensamiento».

La preparación jurídica del autor, que puede ser considerado como verdadero fundador del Derecho eclesiás­tico en Italia, inspira el amplio tratado. Examina la formación del concepto de liber­tad religiosa, sobre todo en los siglos XVII y XVIII, y presenta en este panorama el cuadro de las luchas y de las conquistas que caracterizan el siglo XIX, cuyo examen queda reservado para otro volumen. Lejos de toda reserva confesional, el erudito ve en la idea de tolerancia (el famoso «dogma sociniano»), la mejor contribución a una comprensión recíproca entre las reli­giones y las diversas fes disidentes; pensa­dores italianos que escapando a la persecu­ción católica hubieron de acogerse después al mundo protestante, dieron a entender la importancia de la libertad y la independen­cia de la religión respecto al Estado, pro­pugnando una común aspiración a la justicia y una meditación de los eternos valores de la filosofía. Ilustrando magistralmente las relaciones que se producen entre humanismo y Reforma y manifestando en particular su interés histórico por las corrientes que de­sean paz y fraternidad entre las diversas confesiones religiosas (los socinianos ita­lianos en Polonia, los arminianos holande­ses y los latitudinarios ingleses), Ruffini nos muestra la sociedad cristiana en los siglos XVII y XVIII, con especial referen­cia a las realizaciones sociales de las colo­nias inglesas de América del Norte.

El punto profundamente nuevo que el autor desa­rrolla con documentos y argumentaciones es el de presentar a Lelio y Fausto Socino como los verdaderos iniciadores del movi­miento de tolerancia que trasciende de los caracteres de una religión y une en un vínculo profundamente humano la fe de todos los vivientes. Desde el punto de vista estrictamente científico interesa también al jurista la exigencia de una tolerancia reli­giosa que, antes de las afirmaciones funda­mentales del liberalismo, es ya principio de libertad según los derechos naturales sancionados por el sentimiento humano y por las palabras renovadoras del Evangelio.

C. Cordié

De la Libertad del Cristiano, Martin Lutero

[Von der Freiheit eines Christenmenschen. De vita christiana]. Es el tercero de los es­critos reformadores de Martin Lutero (1483- 1546) publicado en Wittemberg en 1520 (v. A la nobleza alemana y Cautiverio babi­lónico de la Iglesia) y constituye su motiva­ción profunda. La «Libertad» reclamada por Lutero en la reforma de la Iglesia tiene, en efecto, fundamento en la libertad interior, a la cual está dedicado este libro.

El cristiano es al mismo tiempo «un libre señor sobre toda cosa» y «un siervo voluntario en toda cosa». Esta paradoja corresponde a la doble na­turaleza del hombre, que es carne y espí­ritu, hombre interior y hombre exterior. Las acciones del hombre exterior, prácticas religiosas, ayunos, peregrinaciones, no tie­nen influencia en el hombre interior, no pueden «hacerlo libre, piadoso y cristiano». La creadora de la libertad interior es sola­mente la «Palabra de Dios», esto es, el Evangelio. Por esta palabra Lutero entiende estrictamente la buena nueva de la remi­sión de los pecados y la reconciliación con Dios por los méritos de Cristo crucificado. El alma que acoge confiadamente esta ale­gre nueva se torna hija de Dios, esposa de Cristo. En estos místicos esponsales las ri­quezas espirituales del esposo, su justicia, su dignidad real y sacerdotal, se convierten en la dote de la esposa, y de la pobreza e indignidad de ésta son absorbidas y recu­biertas por las riquezas de Él. Quedan uni­dos y solitarios, de tal modo que Dios en su juicio no distingue ya el valor propio del alma, a la que sólo «en Cristo», en él y por amor suyo, la considera como «justa» En esto consiste la redención, que es, pues, «sólo por la fe», en el sentido de que no es efecto de ninguna «obra», antes es su presupuesto y condición; solamente el árbol bueno da buenos frutos. Las obras son úni­camente ejercicio de obediencia, disciplina- miento ascético del hombre exterior, que necesita ser subyugado y puesto al unísono con la alegría del hombre exterior, y ex­presión de amor fraternal, por el cual el cristiano «libre» exteriormente se somete voluntariamente al servicio del prójimo.

A esta libre subordinación pertenece tam­bién la sumisión a las reglas y a los ritos de la Iglesia, si bien el hombre interior, en su libertad, no tiene de ello ninguna ne­cesidad. Esta doctrina recibió después, en el lenguaje de la escuela, el nombre de «justificación por la fe». La originalidad de Lutero está en la importancia reconoci­da al «perdón divino» como fundamento de la salvación cristiana. El alma que confiada­mente se abandona al perdón de Dios puede considerarse virtualmente «salvada» desde aquel instante, y la motivación de sus ac­ciones ya no es el deseo de la salvación que haya de conquistar, sino el agradeci­miento por la «reconciliación», ya conse­guida. El pesimismo del pecado original se muestra aparentemente superado en una dialéctica en que el pecado conserva todo su sentido trágico, pero al mismo tiempo es quitado y transformado, en algunos ca­sos, en ocasión de un bien mayor. Este libro tuvo una inmensa difusión.

G. Miegge

La Libertad de Conciencia, Jules Simon

[La liberté de consciencie]. Obra doctrinal del francés Jules Simon ( François-Jules-Simon Suisse, 1814-1896), publicada en París en 1857.

Consta de cuatro lecciones (además de ricos apéndices documentales) sobre las relaciones entre el Estado y las Iglesias, con particular atención a Francia. En un prólogo sereno, aunque firmemente polé­mico, el autor declara que las relaciones entre tales poderes sólo pueden fundamen­tarse de tres maneras : con una religión de Estado cuando éste se une estrechamente a una Iglesia; con un régimen de libertad, cuando las Iglesias están completamente separadas del Estado; o bien con recíprocas concesiones, y cultos reconocidos e incluso subvencionados y vigilados por el Estado. Ya que una religión de Estado es incom­patible con la moderna libertad de concien­cia, hay que afirmar que la separación sólo es posible cuando un Estado es completa­mente libre. Muchas dificultades, materiales y espirituales, se oponen a la institución de los concordatos. Sin embargo, la solución mejor nace de la ley, del progreso de la filosofía, de la tolerancia recíproca. Simón hace la historia de la intolerancia, desde la Antigüedad a su tiempo, recordando la gran afirmación, incluso en el campo reli­gioso, de los «Derechos del hombre» (Lec­ción 1.a). La libertad de conciencia es una de las más altas y seguras conquistas del espíritu moderno, en la idea del progreso y de la humanidad (Lee/ II).

Sin embargo, frente a las conquistas históricas hay que tener presentes las persecuciones religiosas en todas partes de Europa, aun en el si­glo XIX, especialmente en Polonia, en Ru­sia, además de Suecia, Inglaterra, Baviera y los Estados Pontificios (Lee. III). La liber­tad de conciencia no es solamente una afirmación de principio, sino también una necesidad de vida para la sociedad humana; comprende la libertad de pensar, rezar, enseñar, y es verdaderamente fundamental para la civilización. Nunca como en la Edad Moderna se ha visto que la intoleran­cia es lo contrario de la doctrina evangé­lica. Por lo tanto, los filósofos tienen que iluminar a los que aún siguen en el error, colaborando en la causa común según la medida de sus fuerzas (Lee. IV). Los docu­mentos recogidos en apéndice se refieren especialmente a las libertades de la Iglesia galicana (declaraciones de 1682), al texto de los concordatos entre Francia y la Iglesia católica de 1801 y de 1817; al con­cordato bávaro de 1817, y varias alocucio­nes y convenciones para España (1851 y 1855), Toscana (1851), los Estados Sardos (1855), Austria (1856). Importantes son una encíclica de Gregorio XVI (1832) y una alo­cución de Pío IX para México (1856). La obra, ampliamente inspirada por el radica­lismo francés, que provocó la separación y las leyes Combes, es muy notable por las afirmaciones políticas en materia de liber­tad religiosa; por lo que aún hoy es con­siderada como una interesante toma de posición en el publicismo militante que va desde la oposición a Napoleón III hasta la Tercera República.

C. Cordié