Idea del Estado Presente de Irlanda, Edmund Spenser

[A View of the Present State of Ireland]. Obra de Edmund Spenser (1552?- 1599), escrita en 1596 y publicada en 1633. Ofrece gran interés para la biografía del poeta e ilustra el quinto libro de la Reina de las hadas (v.) que contiene la leyenda de Artegall, o la Justicia, la cual quiere inmortalizar al protector del poeta. Es una interpretación unilateral, pues Spenser, de­bido a la rebelión irlandesa de 1598, quedó arruinado y no podía prescindir de los re­cuerdos personales; sólo por ellos, en defi­nitiva, se lee esta obra. Spenser examina los males de Irlanda y los reduce a tres grupos: los que dependen de las leyes, los inherentes a la manera de vivir y los ori­ginados por la religión. Consejos y claras visiones se alternan a menudo con verda­deras invectivas, como la famosa que «Dios quizás conserva a Irlanda en dicho estado de agitación para algún secreto castigo que provendrá de Inglaterra». Son muchas las consideraciones sobre la ignorancia del pue­blo irlandés, que denotan evidentemente, no sólo un estudio directo, sino un gran in­terés por las expresiones de la poesía popu­lar que tanta influencia ejerció sobre la de Spenser. Sostiene la necesidad de una fuerte política de represión, hace sugerencias para la abolición de las costumbres locales, y sus consideraciones son fuertes y muy poco hu­manas. Se le defendió diciendo que no las escribía el poeta, sino un hombre práctico que trataba de dar con medios prácticos para una acción política. Sin embargo, tan­ta severidad llega a ser inhumana; el estilo ágil se resiente del contenido y continua­mente se refiere a la práctica. Numerosas digresiones sobre el modo de conducir las discusiones alargan inútilmente el tratado. La obra muestra, evidentemente, la influen­cia del Príncipe (v.) de Maquiavelo, por ejemplo, donde sostiene la necesidad de usar medicinas fuertes para Irlanda, no dejarse impresionar por la acusación de cruel­dad, y fundar colonias y fortalezas.

A. Camerino

Idea de una Historia Universal desde el Punto de Vista Cosmopolita, Immanuel Kant

[Idee einer Universalgeschichte von dem kosmopolitischen Standpunkt]. Obra de Immanuel Kant (1724-1804), publicada en 1784.

Según Kant, debe ser posible des­cubrir, por encima del desorden de las tendencias individuales, una ordenación ra­cional, a la cual se conforman inconsciente­mente los individuos y que halla su causa en el designio de la naturaleza. Y si admiti­mos una teleología en ésta, se debe convenir que «en el hombre… las disposiciones natu­rales que tienen por fin el uso de la razón deben alcanzar un completo desarrollo sólo en la especie y no en el individuo, porque la vida de éste -es demasiado breve para agotar en su curso todas las disposiciones posibles». La realización de la finalidad hu­mana se cumple a través del antagonismo de la «insocial sociabilidad», o sea de las dos actitudes opuestas entre sí que existen en el hombre: la que lleva a socializarse y la que impulsa a individualizarse. De ello surge el más grave problema para la especie hu­mana: el de «establecer una sociedad civil que haga valer universalmente el Derecho». El fin de la naturaleza es, por consiguiente, establecer una constitución justa donde la libertad de uno encuentre su límite única­mente en la ley que tutela la libertad de los demás. Problema que es el más difícil y el más lento de resolver, porque por un lado el hombre, para encontrar un freno a los excesos de su libertad, necesita un dueño; y por otro lado porque también este dueño es un hombre inclinado a abusar de su liber­tad.

El problema de establecer una consti­tución civil perfecta depende, pues, del problema del modo de regular con leyes las relaciones internacionales, y éste no puede resolverse más que con la formación de una federación de Estados, en la que cada uno de éstos esté sometido a una ley que regule la recíproca libertad, ya que sin una autoridad de esta índole sucedería lo mismo que con los individuos: o sea que los Esta­dos, empujados por los egoísmos particula­res, se arrojarían uno sobre otro, devorándose, sembrando ruinas, miseria y revolu­ciones. Considerando entonces el paso de los individuos desde el estado de barbarie a la sociedad civil y análogamente el paso de los Estados desde la independencia a la federa­ción, se comprende que los antagonismos y las luchas, con los inevitables dolores, des­trucciones y miserias que acarrean, no sean más que medios para la realización de los fines de la naturaleza. No es, pues, nada imposible, ni menos utópico, el concebir sis­temáticamente el curso de la historia huma­na según un designio racional, en el cual la libertad humana se encuadre en el gran plan providencial de la naturaleza. Este estudio kantiano, juntamente con el de la paz per­petua, es indispensable para comprender completamente la doctrina política del gran pensador.

En realidad, si la Doctrina del Derecho concluye en sentido individualista, estos estudios demuestran claramente que Kant estaba muy lejos de quedar satisfecho con tal solución. Para superar el ámbito de la individualidad tuvo que recorrer a una racionalidad innata en la naturaleza, que si teleológicamente trasciende a toda posibili­dad teórica y práctica del espíritu individual, le es con todo inmanente como prin­cipio activo; pero, en esta forma, la natura­leza tal como la ve Kant no es ya el mundo mecánico de los fenómenos, o, mejor dicho, es algo más que eso: el objeto racional e inteligible del «noúmeno».

A. Répaci

Idea de la Ley Natural en la Ciencia y en la Filosofía Contemporáneas, Émile Boutroux

[De Vidée de la loi naturelle dans la Science et dans la philosophie contemporaines]. Curso de lecciones dado por Émile Boutroux (1845-1921) durante el año académico 1892-93 y publicadas en un volumen en 1895.

Se propone determinar el valor, la significación metafísica y moral de la idea de ley natural y, más concreta­mente, investigar hasta qué punto las leyes ‘ naturales son inteligibles y necesarias a nuestro pensamiento; si nos dan la sustan­cia de las cosas o son solamente símbolos elaborados por nosotros; si el determinismo existe también en la realidad de la natu­raleza o es tan sólo una manera necesaria de concebir el mundo. Para contestar a es­tas tres preguntas, Boutroux examina las leyes lógicas, y observa que éstas presentan un máximo de inteligibilidad en sus tres principios aristotélicos de identidad, contra­dicción y exclusión de tercero, principios empero que nada nos dicen acerca de la realidad; «A es A» es absolutamente cierto, pero nada significa para el conocimiento de la realidad, mientras que para que el pensamiento tenga un valor es necesario po­der decir: «A es B» (por ejemplo, la «rosa es una flor»). Pero el paso de A a B es para nosotros algo oscuro, y así toda la lógica silogística, aunque penetre mucho más en las raíces de la realidad, carece ya de la absoluta inteligibilidad de los prime­ros principios lógicos. Las leyes matemáti­cas no son una pura» y simple elaboración lógica de nuestro espíritu, puesto que re­quieren un principio intuitivo que es impe­netrable al pensamiento: el postulado. Por otra parte, ni siquiera provienen de la ex­periencia, puesto que son formuladas con anterioridad a ella. De manera que la Ma­temática deberá entenderse como una adap­tación voluntaria e inteligente del pensa­miento a las cosas, como símbolos creados por el espíritu para conocer las cosas.

Las leyes mecánicas y físicas representan el ca­rácter que debemos atribuir a las cosas para que puedan ser expresadas por los símbo­los de que disponemos. La Química parece ahondar mucho más en la realidad, porque no considera, como las leyes mencionadas hasta ahora, un objeto abstracto o propiedad, sino que estudia cuerpos concretos; la inteligibilidad de las leyes químicas va haciéndose cada vez menor, porque debe ad­mitir un serie de cuerpos heterogéneos, y debe aceptar principios oscuros y empíricos como las valencias (Boutroux no po­día conocer los resultados de los estudios de estos últimos años sobre el átomo, los cuales, empero, no refutan del todo su pensamien­to). Pasando a la Biología, Psicología y Sociología, la idea de ley se hace cada vez más incierta. Se ha intentado reducir las leyes biológicas a leyes quimicofísicas, pero no se ha podido explicar cómo en los cuer­pos orgánicos todos los fenómenos concu­rren a la única finalidad de mantener la vida. No se puede hablar de leyes psicoló­gicas, porque no podemos objetivar los fenó­menos subjetivos del alma ni reducirlos a fenómenos físicos. Lo mismo puede decirse de los fenómenos sociológicos.

De este exa­men Boutroux puede deducir que la ley científica, pasando de la lógica a las mate­máticas, mecánica, física, química, biología, psicología, sociología, ahonda cada vez más en las raíces de la realidad, pero se va haciendo cada vez más incomprensible e inne­cesaria. Contra el positivismo que veía la libertad del hombre anulada por la exis­tencia de las . leyes naturales absolutas y necesarias, Boutroux puede llegar a la con­clusión de que las leyes naturales no son una necesidad externa que prive de toda libertad al espíritu, sino más bien el medio por el cual el espíritu puede actuar sobre las cosas exteriores. Esta obra, como se ve, pretende probar la posibilidad del libre albedrío, demostrando la contingencia de las leyes naturales, pero su interés va mucho más allá de la tesis que sostiene, porque es- un lúcido y sólido examen crítico de los procedimientos de las ciencias particulares, documentado con muchas e interesantes citas de hombres de ciencia.

A. Biraghi

La Idea de la Razón de Estado en la Historia Moderna, Friedrich Meinecke

[Die Idee der Staats-raison in der neueren Geschichte]. Obra del historiador alemán Friedrich Meinecke (1862-1954), editada en Munich, en 1924. Constituye, junto con Cosmopolitismo y Estado Nacional (v.), un modelo de aque­lla concepción histórica que entiende la his­toria como historia de las ideas.

La inves­tigación sobre la Razón de Estado no se presenta como un estudio dogmático de his­toria de las doctrinas políticas; y ni siquiera como examen concreto de la acción política (como por ejemplo, examen de la política exterior de las Potencias europeas después de la Reforma); sino que se considera como análisis del desarrollo del espíritu europeo dentro de una idea determinada, .de manera que la historia de la idea es historia de la formación del espíritu moderno mirado des­de un ángulo especial. Sobre estas directri­ces, la obra desarrolla una investigación vasta y minuciosa, examinando las figuras de mayor relieve de cada período: los hom­bres representativos que el autor ha esco­gido para trazar el desarrollo de la idea de Razón de Estado y de los problemas cone­xos. Encabeza la lista y domina, por así decirlo, todo el relato, la figura de Maquia- velo. Es Maquiavelo el primero que plantea de una manera decidida el problema de la razón de Estado en la historia de la Europa moderna. En su «ingenuidad antigua», absorto en su pasión por la acción política, no advierte el dilema que surge de sus afir­maciones, el dilema de las relaciones entre política y moral, entre acción «según el im­pulso del poder» («nach Machttrieb»), y ac­ción «según la justificación moral» («nach sittlicher Verantwortiing»). Pero la diver­gencia se manifiesta sin paliativos en Boccalini, el cual, verdadero hijo de la Contra­rreforma, aunque admite la natural necesi­dad de la acción política, al mismo tiempo advierte su sentido pecaminoso. En Campanella, la lucha contra el maquiavelismo parte de la exigencia de que la política no se separe de la unidad del todo, y que toda forma particular de vida sea contemplada «sub especie aeterni»: presentimiento genial, a pesar de todos sus residuos de mentalidad medieval, de lo que Vico y Hegel afirma­rán más tarde.

Se inicia así la larga contro­versia que el autor va siguiendo en sus di­versas fases y formas del pensamiento euro­peo, desde Botero a Hobbes, desde Spinoza a Puffendorf, desde Grocio a Federico, el Grande, sin contar las figuras menores, exa­minadas en los dos capítulos generales sobre «la difusión de la doctrina de la razón de Estado en Italia y en alemania en el si­glo XVII», y sobre «la doctrina de los inte­reses de los Estados en la Francia de Richelieu». Con Hegel (el autor olvida a Vico) el dualismo política-moral se resuelve armo­nizado en un cuadro universal unitario. Pero la solución de Hegel encierra sus peli­gros: el concepto hegeliano de «individua­lidad» acabará por servir de justificación a todo exceso en la política de poder de un Estado, individualidad superindividual, como orgánica y necesaria efusión de su naturaleza. Y precisamente en nuestra época la razón de Estado, servida por tres fuer­zas, el militarismo, el nacionalismo y el capitalismo, que han proporcionado a los grandes estados una capacidad de lucha y de acción sin precedentes, ha sido llevada a un grado de exasperación jamás conocido en los siglos anteriores. Con esta mirada rápida y penetrante dirigida a la situación contemporánea llena de incertidumbres y de oscuridad, termina la obra de Meinecke.

F. Valsecchi

La Idea del Estado, Henri Michel

[L’idée de le Etat]. Obra de Henri Michel (1875-1904), publicada en 1896, ensayo crítico sobre la historia de las teorías sociales y políticas en Francia con posteridad a la Revolución. La reacción experimentada después de la Re­volución Francesa en las doctrinas del indi­vidualismo político, reviste el mismo carác­ter especulativo que las doctrinas individua­listas contrarias, es decir, opone la esencia del Estado, de la sociedad y del derecho a la esencia del individuo! Sobre un plano de exigencias prácticas surgieron, por el con­trario, las escuelas económicas, socialistas, progresistas y humanitarias, a través de las cuales el Estado va asumiendo una consis­tencia concreta. Pero este rumbo del pen­samiento debía determinar necesariamente a su vez una reacción individualista de ca­rácter democrático, que se preocupó tan sólo de oponer el individuo al Estado, valo­rizando el primero y desvalorizando el se­gundo.

El movimiento sociológico de base científica, que surgió con Compte, pretendía conciliar el individuo con el Estado; con la particularidad de que mientras la ciencia se preocupaba de regular la marcha de los fenómenos, el nuevo realismo político se limita a afirmar la existencia de organis­mos sociales, nacionales, etc., basándose so­lamente sobre analogías de muy dudosa legitimidad. Según el autor, si las doctrinas colectivas responden a exigencias históricas, el individualismo es la única doctrina capaz de justificar tanto al individuo como al Es­tado. Pero aún es necesario tomar como punto de referencia el individualismo del siglo XVIII, el cual descansa «sobre el vivo sentimiento de la dignidad de la persona humana y sobre la idea de la igualdad de las personas», para la construcción de un sistema social que resuelva los antagonis­mos de un liberalismo sin freno y de un socialismo mecánico y nivelador. En tal sis­tema, el Estado no debe desinteresarse de los individuos, sino contribuir exclusiva­mente a su elevación y a su bienestar. Por lo tanto, el Estado no tiene un derecho pro­pio, sino solamente deberes. Los derechos de los individuos como tales constituyen el supuesto de una sociedad en progreso, es decir, de la soberanía popular.

El autor declara que prefiere la teoría del contrato social a la del derecho histórico, porque mientras éste puede en hipótesis sancionar cualquier estado de hecho, el primero es en cambio la expresión de una exigencia ideal de un derecho más alto, que no deja de ser tal por el mero hecho * de que un Estado retrógrado se niege a ponerlo en práctica. La primera es una teoría de la «libertad», la segunda lo es de la «necesi­dad», términos inconciliables y de los cua­les sólo el segundo se compagina con la dignidad de la persona humana. Pero, en un sistema social, la libertad no puede dejar de ir acompañada de la justicia, que ha de residir en la voluntad de asegurar a las personas morales el disfrute efectivo de los derechos que previamente les son recono­cidos: el derecho a la vida y el de elevarse con la cultura. La justicia social presenta pues, dos aspectos: uno negativo (asegurar a las personas el derecho de disponer libre­mente de sí mismas), y otro positivo (ayuda a las personas con el fin de que puedan emanciparse y elevarse). Esta obra es una de las pocas que han sobrevivido entre las centenares que sobre el mismo tema apa­recieron durante el siglo pasado, porque su autor supo afrontar los problemas con rara serenidad de espíritu y equidad de juicio.

Pero Michel queda muy lejos de haber resuelto el problema. Falla precisamente cuando afirma que se debe escoger entre «necesidad» y «libertad», o sea, en el um­bral del problema. Ya Kant había enseñado que no se da libertad sin necesidad, y el idealismo postkantiano había demostrado que fuera de una síntesis los dos términos no tienen significación. Michel tuvo noción de esto cuando recurrió a la idea de justi­cia; pero esta idea no es más que un pálido sucedáneo de aquella necesidad social que, por más que se niegue, es un factor consti­tutivo de la vida colectiva. Por otra parte, la fórmula resolutiva de autoridad (o nece­sidad) y libertad, constituye actualmente el más grave problema teórico de la filosofía jurídica, que está muy lejos de estar re­suelto.

A. Répaci