Sentencias de Publilio Siró

Colección de sentencias sacadas de los mimos de Publilio Siró (siglo I a. de C.), aproxima­damente 700 versos, senarios yámbicos o septenarios trocaicos. El contenido moral de estas sentencias contrasta con el carác­ter obsceno y licencioso propio de los mi­mos de Publilio, todos perdidos, y justifica el aprecio y la admiración que Séneca re­petidamente expresó hacia su autor.

Las Sentencias proceden de una colección más amplia, de unos mil versos aproximadamen­te, ordenados alfabéticamente, cuyo núcleo se había constituido no mucho después de morir Publilio; su autenticidad está garan­tizada en parte por otras citas antiguas. Son muy claras y concisas y, desde este punto de vista, superiores a las sentencias análogas, frecuentes, por ejemplo, en las obras de Eurípides y Menandro. No se ins­piran en ninguna doctrina filosófica particu­lar, sino más bien en un sano sentido co­mún («quien reflexiona demasiado, a me­nudo se deja escapar la ocasión»; «el po­bre carece de mucho, el avaro de todo»; «es una ley común la que manda nacer y morir») o una moral práctica no siempre muy rígida («no hay lucro sin daño aje­no»; «el sabio no niega nunca nada a la necesidad»); en algunas se ven las huellas de una filosofía más profunda, evidentemente de origen estoico, y siempre de carácter eminentemente práctico («deja las espe­ranzas y los temores, y tendrás una vida apacible»).

Como a menudo ocurre con obras de este tipo, las Sentencias tuvieron éxito y pronto se introdujeron en la escue­la; enriquecidas con sentencias sacadas de obras y autores distintos, que ya no se podían reconocer sin dificultad^ e incluso con sentencias en prosa atribuidas a Sé­neca, llegaron hasta nosotros en numerosos y diversos manuscritos, en muchos con el título Sentencias de Séneca.

C. Schick