[Ethica seu Líber dictus «Scito te ipsum»]. Publicado por Pez en Thesaurus anecdolorum novissimus (1721) y por Cousin en Petri Abaelardi Opera hactenus inédita (1849-59), este tratado moral, del que solamente se nos han conservado el primer libro y un brevísimo fragmento del segundo, fue escrito durante el segundo retiro de Pedro Abelardo (1079-1142) en el monasterio de Paracleto junto a Eloísa, es decir, después de 1129.
Es importante por el relieve que da a la conciencia moral y por su audaz subjetivismo. El pensamiento central es que la acción moral no es buena o mala en sí misma, sino sólo como intención de quien la ejecuta. Con esto Abelardo no niega la norma objetiva, que tiene su fundamento en la libre y necesaria disposición de la voluntad de Dios, causa absoluta de todo y por lo tanto también de nuestras acciones, sino que dice que sólo la deliberada voluntad de transgredir la norma presente la conciencia es pecado, de modo que aquél a quien una circunstancia cualquiera le ha impedido cometer el mal al que su ánimo había ya consentido, es tan culpable como si realmente lo hubiese ejecutado y tan digno de castigo como aquél.
El Juez supremo mira la intención, no los actos externos. De estas premisas Abelardo no deduce, como podría parecer a primera vista, una moral rigorista, que más bien condena. Distingue entre la inclinación natural hacia el mal («vitium») y el consentimiento dado por el alma a la inclinación («peccatum»). De modo que no pecaron quienes condenaron a Cristo sin conocerle, y es posible que el hombre de buena voluntad lleve una vida perfectamente buena luchando contra la tendencia al mal, que se convierte así en condición de la virtud en cuanto la virtud es lucha. Se comprende que los tradicionalistas denunciasen como peligrosas las consecuencias a que podía conducir esta referencia de todos los problemas éticos a la conciencia subjetiva y que San Bernardo de Claraval, el implacable adversario de Abelardo, encontrase en el Scito te ipsum, como en la Teología (v. Introducción a la teología), el material para las trece bases de acusación que en 1141 condujeron a Pedro ante el Concilio de Sens y a la severa condena.
M. Venturini

