Los Principios de la Política, Joachim Wilhelm Franz Philipp Holt- zendorff

[Die Principien der Politik,]. Tratado teoricopolítico de Joachim Wilhelm Franz Philipp Holtzendorff (1829-1889), publicado en tres libros en 1869.

El autor en primer lugar declara que la Política es una ciencia especial entre las ciencias políticas. No es ciencia deontológica, ya que considera como ele­mentos suyos tanto los ideales éticos como el conjunto de las fuerzas productivas, la cultura, la población del país, etc.; el objeto de la ciencia política es todo as­pecto de la vida humana en el momento en que llega a ser importante respecto a la acción del Estado: hacienda, ejército, eco­nomía, etc. El autor examina detenidamente la teoría que considera la política como arte de gobernar. Toda ciencia puede ser arte, puesto que es susceptible de aplicacio­nes más o menos geniales; el arte político se pone de manifiesto cuando los hombres de Estado actúan según su carácter reali­zando el bien de la nación.

El vínculo entre la ciencia y el arte de la política está en la acción de gobierno, cuyos exponentes que «saben y pueden», deben estar en condición de apreciar a priori, y siempre dentro de los límites de lo posible, la importancia de la acción misma. Que lo dicho es cierto lo demuestra el hecho de que el juicio sobre la acción política se basa en el resultado y no las intenciones. Planteando el pro­blema de las relaciones entre derecho posi­tivo y política, el autor observa que la apli­cación del Derecho se basa en la necesidad, mientras la aplicación de la Política en el aprecio de la oportunidad y conveniencia. Para el jurista el Derecho es una entidad absoluta, supuesta verdadera y justa más allá de cualquier posible consecuencia; para el hombre político, en cambio, tiene un valor relativo, proporcionado al fin ,por al­canzar, debiendo preocuparse por el con­tinuo ajuste del Derecho a las exigencias reales, y renovarlo, mediante la actividad legislativa, según las mismas exigencias.

Aquí es donde está el punto de contacto entre Derecho y Política. Pero entre estas des actividades existen varios motivos^ de conflicto, aparentes y reales, que la Política debe considerar cómo equivalentes, ya que en su ámbito también las apariencias son realidades, es decir, fuerzas sociales. La fuente de los conflictos aparentes es la exagerada consideración tradicionalmente con­cedida *a la magistratura y la exagerada im­portancia que se atribuye a los errores de la administración. Los conflictos reales se verifican: entre la ley y la administración, cuando ésta toma medidas que la ley debe castigar o pasa por alto algo que la ley impone; entre una sentencia judicial y una medida administrativa; entre los tribunales y la ley, cuando hay conflicto de atribu­ciones; entre las autoridades superiores del Estado y una ley positiva, cuando ésta se revoca o suspende injustamente.

Para evi­tar tales conflictos sería oportuno que las constituciones previeran la posibilidad de suspender la aplicación de ciertas leyes en momentos excepcionales de crisis. Puesto que la política no puede atenerse única­mente a la legalidad, es necesario que se inspire en un principio superior; y este principio no puede ser más que el moral. La condición preliminar de la moral polí­tica es la libertad de los ciudadanos, en la que se basan las responsabilidades recíprocas entre gobernantes y gobernados. La moral del Estado, aunque sin diferenciarse de la privada en los principios esenciales, pre­senta sin embargo unas peculiaridades, por el deber de conservación del Estado, aparte el caso en que un Estado renuncia a su propia independencia en aras del principio de nacionalidad. El tercer libro trata de la «Misión del Estado considerada como prin­cipio de la política», y el autor concluye afirmando que la obra de la política en la misión del Estado es la de armonizar la fuerza y el derecho, los derechos del indi­viduo con los de la sociedad, los derechos del Estado con los de una comunidad de Estados.

La obra constituye, aunque en pro­porciones reducidas, la antítesis de la Polí­tica (v.) de Treitschke. Al idealismo realis­ta de éste se enfrenta la concepción positi­vista de Holtzendorff, que responde a la profunda exigencia de dar estabilidad y dig­nidad a una actividad humana tan funda­mental como es la política. De todos modos, mientras la concepción de Treitschke llega a menudo hasta lo paradójico y lo mons­truoso, la concepción de Holtzendorff, que se inspira en un ideal científico de sabor positivista y democratizante, tiende a re­ducir la actividad política en los esquemas propios de las manifestaciones naturales, llegando de este modo a poner unos lími­tes intrínsecos y heterogéneos que no cua­dran con el carácter dinámico de la política.

A. Répac