[Disputationes de controversiis christiance fidei adversus Inuius temporis hoereticos]. Obra del cardenal jesuita San Roberto Belarmino (1542-1621), publicada en Ingolstadt del 1586 hasta el 1593. Es la más orgánica y célebre polémica católica de la Contrarreforma. Las diferentes herejías expuestas y refutadas son, en una curiosa oración (antepuesta al volumen IV), encuadradas de una manera fogosamente polémica en el esquema del Apocalipsis (v.) de San Juan, e identificadas con hechos y símbolos concomitantes con la venida del Anticristo. A pesar de esta alocución, el tono del autor se distingue por su calma y objetividad, por la atención que presta a las doctrinas examinadas, por la claridad con la cual expone las ideas ajenas, procedentes directamente de los textos y proyectándolas en su conjunto orgánico.
En el tomo I se trata de la palabra de Dios escrita y no escrita; luego, de Cristo como jefe de toda la Iglesia; del Sumo Pontífice como cabeza de la Iglesia militante, refutando, ya sea el reciente biblicismo exclusivista de Lutero y Calvino, ya la nueva concepción de una Iglesia puramente invisible y por lo tanto sin organización jurídica, o bien algunas de las viejas herejías cristológicas resucitadas. Sigue en el tomo II el examen de la Iglesia «tanto congregada en los concilios como distribuida por todo el mundo»; la justificación de la discutida distinción de los miembros de la Iglesia militante en clérigos, monjes y laicos; la reafirmación de la Iglesia paciente «que está en el Purgatorio»; de la calidad y naturaleza de la Iglesia triunfante: tratado éste que va dirigido tanto contra el conciliarismo del siglo XV como contra el siempre vivo particularismo, en especial galicano, pero sobre todo contra la negación luterana de la existencia de un Purgatorio y de las particulares relaciones entre la Iglesia militante, purgante y triunfante afirmadas por la doctrina católica, en especial referente a las indulgencias, a la aplicación de las misas como sufragio de los difuntos, la comunicabilidad de los méritos, etc.
La doctrina bastante discutida dé los sacramentos es examinada de nuevo en el tomo III en irnos 16 libros. El tomo IV está enteramente consagrado a las cuestiones que han constituido el punto de partida de la revisión luterana del Cristianismo y que fueron colocadas como centro por Lutero, afirmando con esto querer volver a la genuina tradición paulina y agustiniana, es decir, «a la gracia del primer hombre y al estado de inocencia; la pérdida de la gracia», «la reparación por obra de la gracia y la justificación mediante Jesucristo». El método seguido por el autor es, al mismo tiempo, didáctico e histórico: formula la cuestión, luego intenta resolverla, recurriendo primeramente a los textos bíblicos y reclamando seguidamente la tradición patrística y finalmente haciendo apelación a los argumentos de la razón. Éste es el método aplicado a la refutación de los argumentos ajenos, que generalmente son resumidos y reproducidos sin tendencias caricaturescas y con citas de los textos en que se encuentran.
Es significativa la constante referencia a las opiniones de los Santos Padres, que lleva a Belarmino a un estudio histórico del pensamiento teológico, desarrollo del estudio ya iniciado por Melanchton y Melchor Cano. La teología y filosofía en que se inspira Belarmino en sus necesarias y abundantes referencias a la psicología, a la metafísica, a la ética, al derecho, es la tomista, revisada en sentido escotista por Suárez y que precisamente en aquel tiempo iba precisándose en Molina como conciliación de la voluntad divina y libertad humana, de naturaleza y gracia. Precisamente por su vigor, por su erudición, por su concreción, las Controversias de Belarmino alcanzaron dilatada resonancia e influencia decisiva en la apologética católica moderna. La obra es para muchos teólogos más actual que nunca, especialmente por la doctrina del poder indirecto del Papa en las cosas temporales, que a su tiempo procuró a Belarmino doble condena: del Papa porque limitaba su poder; por parte del Parlamento de París, porque era perjudicial a la soberanía absoluta del Estado.
M. Bendiscioli