Norte y Sur, Elizabeth Gleghorn Gaskell

[North and South]. No­vela de la inglesa Mrs. Gaskell (Elizabeth Gleghorn Gaskell, 1810-1865), publicada en 1855. Aquí, como en María Barton (v.), la autora quiere hacer resaltar los desastrosos efectos de la lucha de clases y en particular de los prejuicios que separaban a los trabajadores industriales del norte de Inglaterra de la burguesía comerciante y de la aristocracia de las regiones meridio­nales.

El contraste está simbolizado en los dos protagonistas: Margaret Hale y Thornton, La primera ha sido educada en Londres por una tía, y cuando a los dieciocho años se reúne con sus padres en Milton-Nothern y encuentra a Thornton, que tiene treinta años y es propietario de una algodonería, choca muy pronto con él porque éste se atreve a afirmar que preferiría «ser un po­bre trabajador en el Norte a llevar la có­moda pero aburrida e inútil vida de lo que vos consideráis la aristocrática sociedad del Sur».

La pequeña disputa parece determi­nar una fuerte antipatía entre ambos; sólo que, durante una huelga de los obreros de Thornton, Margaret recibe una pedrada por haber querido protegerle. Thornton la lleva a sitio seguro y aprovecha la ocasión para declararle su amor; pero, a los pocos días, la muchacha rechaza con altanería su pro­posición, si bien aceptará casarse con él al final de la novela, después que se hayan aclarado muchos malentendidos.

El asun­to, romanticosentimental según el gusto de la época, ofrece empero ocasión para una pintura de caracteres tan rica y segura que compensa el fácil artificio de muchas si­tuaciones; así como el ambiente social, planteado con ingenuo esquematismo, se en­riquece paulatinamente con observaciones precisas y agudas, conseguidas con discre­tos toques humorísticos.

Por dichas cuali­dades la obra ocupa un lugar en la litera­tura inglesa del siglo XIX y señala claramente el paso del género romanticosenti­mental a la gran novela psicológica de fon­do social que se afirmará en la segunda mitad del siglo.

L. Krasnik

Norte de Príncipes, Virreyes, Presidentes, Consejeros y Gobernadores, Antonio Pérez

Para uso del duque de Lerma. Obra impresa por primera vez en Madrid en 1788. Su atribución a Antonio Pérez (1540- 1811), el famoso secretario de Felipe II, es harto dudosa.

Es una exposición de las doctrinas políticas comunes a la Europa del Renacimiento, dedicada al duque de Lerma, valido del rey Felipe III. Especial­mente cabe destacar los juiciosos consejos acerca de la necesidad de fomentar el des­arrollo de la marina española, ante el em­puje creciente de las fuerzas navales de los países del Norte (Inglaterra y Holanda). En este libro se encuentran muchas hue­llas del Reloj de Príncipes (v.) de Antonio de Guevara, y a su vez ejerció una gran influencia, según el Dr. Marañón, en la ideología del Conde-Duque de Olivares, a través del discípulo de Pérez, Alamos de Barrientos.

También se adivina su huella en Gracián, como ha demostrado Ángel Ferrari, y, desde luego, en Quevedo. La obra consiste en la exposición de los prin­cipios políticos según el más puro tacitismo, entreverado de maquiavelismo.

J. Regla

Norteamericanos, José Martí

Conjunto de tra­bajos del escritor y político cubano José Martí (1853-1895). En la carta que José Mar­tí escribe a Gonzalo de Quesada y Aróstegui en 1.° de abril de 1895, al salir para la guerra de Cuba, y en la que, por «si no vuelvo y usted insiste en poner juntos mis papeles», le indica con precisión un plan de publicaciones, en el que los dos primeros tomos llevarían por título Norteamericanos.

Esto indica claramente que con­cedía importancia a sus trabajos consagra­dos a estudiar figuras del Norte, y al res­pecto cita especialmente los que escribió sobre Emerson, Beacher, Cooper, Wendell Phillips, Grant, Sheridan, Whitman, aña­diendo: «y como estudios menores, y más útiles tal vez, hallará en mis corresponden­cias a Arthur, Hendricks, Hancock, Conklyn, Alcott y muchos más».

Gonzalo de Quesada cumplió con toda devoción el en­cargo que el maestro le confiara, acometiendo la edición de sus obras cinco años después de la muerte de Martí. El volumen publicado por Quesada con el título Norte­americanos (vol. VIII de la colección, La Habana, 1909, 330 p.) sólo contiene algu­nos de los trabajos que Martí había seña­lado, pues otros de importancia» como el de Emerson, no habían sido localizados aún en los diarios en que Martí publicaba sus correspondencias, como «La Opinión Nacio­nal» de Caracas, «La Nación» de Buenos Aires, o «El Partido Liberal» de México- A esa primera edición de Norteamericanos sigue la que últimamente figura en las «Obras Completas de Martí» (Editorial Tró­pico, volúmenes XV, XVI y XVII, apare­cidos en 1939) conteniendo todos los traba­jos indicados por Martí y muchos otros in­cluidos en sus numerosas correspondencias.

F. Lizaso

Norma Jurídica y Derecho Subjetivo, que August Thon

[Rechtsnorm und subjectives Recht]. Estudio sobre teoría general del Derecho, que August Thon (1839-1912) publicó en Weimar en 1878.

Thon parte de una con­cepción de tipo totalmente imperativo del derecho objetivo: éste está constituido so­lamente por mandatos (o prohibiciones) que tienen por destinatarios todos los individuos sujetos a las normas jurídicas, y finalidad de las normas es la protección de intereses en nombre del interés general.

La transgresión de las normas implica conse­cuencias impuestas a su vez por otras nor­mas jurídicas que son las que establecen precisamente el contenido de estas conse­cuencias. Ahora bien, el derecho subjetivo no motiva solamente protección de un in­terés, como había sostenido Jhering, sino que, al contrario, consiste en la pretensión de poder promover, por propia iniciativa, la realización de las consecuencias esta­blecidas por la transgresión de la norma que garantiza un determinado interés.

El derecho subjetivo se identifica, por tanto, con el requerimiento procesal y no puede confundirse ni con el goce del bien, ob­jeto del derecho, ni con la facultad, por ejemplo, de poder transmitir el bien. El goce es una simple actividad material, ga­rantizada pero no contenida en el derecho, mientras que la facultad es anterior al de­recho subjetivo y reside en la genérica capacidad jurídica. De esto, sin embargo, no se debe inferir que el derecho subjetivo nazca solamente con la transgresión de la norma jurídica.

Se es ya titular del dere­cho cuando se tiene la posibilidad aún no desplegada, y posiblemente jamás desplegable durante la vida del titular del de­recho, de «promover» las consecuencias de la transgresión de la norma. El derecho, dice figuradamente Thon, es el seto que protege el jardín o la piel que defiende la pulpa; el derecho es solamente un medio, nunca una finalidad, es decir el medio, o, más exactamente, un medio para ase­gurar un goce presente o futuro.

La tesis de Thon es ampliamente estudiada a lo largo de su trabajo en contacto con los más arduos problemas de teoría general que surgen del análisis de la noción de goce, de la facultad y de la enunciación de las categorías de los derechos subjeti­vos públicos y privados.

La opinión de Thon fue y es muy discutida y raramente seguida; con todo, su obra se mantiene viva por la riqueza de su argumentación, la amplitud de visión de los problemas tratados y por la pureza de su dogmática, que le convierten en un «clásico» de la teoría general del Derecho.

A. Amorth

No Puede Ser el Guardar a una Mujer, Agustín Moreto y Cabaña

Comedia en tres actos y en verso del dramaturgo español Agustín Moreto y Cabaña (1618-1669), publicada en 1654.

La hermosa madrileña Ana Pacheco es un pozo de ciencia y un florilegio de sabiduría. Entre sus varios pretendientes escoge por marido a su primo don Pedro Pacheco, pero duda en darle el consentimiento, pues con­sidera que éste, vista la manera como guar­da a su propia hermana, Inés, muestra es­casa confianza en la libertad espiritual de la mujer.

Honor o deshonor, según él, de­penden únicamente de la buena o mala vigilancia que los padres, hermanos o ma­ridos ejerzan sobre su propia mujer. Du­rante una reunión literaria habida en casa de Ana, se entabla una especie de discu­sión entre don Pedro Pacheco y su prima, quien declara al brillante don Félix de To­ledo como el caballero mejor dotado.

Éste, valiéndose de la ayuda de su criado Ta­rugo, precursor por su astucia y maña del gran Fígaro (v.), consigue ponerse en re­laciones con la custodiada Inés y contrae matrimonio con ella casi ante los mismos ojos del ingenuo vigilante, el cual, habiendo reconocido su propio error, puede al fin convertirse en marido de su bella e inte­ligente prima.

Comedia inspirada en El ma­yor imposible de Lope de Vega, está ver­sificada y llevada a cabo con gran elegan­cia. En la figura de Tarugo está latente uno de esos tipos teatrales que aun en nuestros días son capaces de mantener por sí solos el interés de una obra: de los otros personajes emana educación, elegancia, op­timismo.

La comedia de Moreto fue llevada al inglés por el poeta Crown bajo el título de Sir courtly, or it cannot be; otras imi­taciones hicieron el alemán Schröder (Un­mögliche Sache) y el francés Dumaniant (La guerre ouverte).

A. R. Ferrarin