Jurista nació en Premosello (Novara) el 2 de febrero de 1872, murió en la misma localidad el 7 de noviembre de 1937. Procedente de la escuela de Vittorio Scialoja y nutrido de sólida preparación romanista, se dio a conocer con el trabajo sobre La condanna nelle spese giudiziali (1900, 2.a ed. 1935), en la que se reconoce inmediatamente la mano de un maestro.
Al año siguiente subió a la cátedra de Derecho procesal civil de la Universidad de Parma, de donde pasó en 1903 a Bolonia, en 1905 a Nápoles y en 1906, cuando sólo tenía treinta y cuatro años, a la de Roma. Igualmente rápida fue la elaboración y formulación de su pensamiento científico: después de los dos célebres ensayos de Parma y Bolonia, Romanesimo e germanesimo nel proceso civile (1901) y L’azione nel sistema dei diritti (1903), publicados de nuevo con otros estudios en los Saggi di diritto procésale civile (1903), ya en 1906 aparecía su obra sistemática Principi di diritto procesale civile (3.a ed. 1923), que reelaboró posteriormente en las Instituciones de derecho procesal civil (1933-35, 2.a ed. 1935-36, v.).
El sistema fue continuado y ampliado con trabajos menores, en parte reunidos en Nuovi saggi di diritto procesale civile (1912). En el plano teórico, el pensamiento de Chiovenda se basó en el concepto de acción como poder jurídico — autónomo con respecto al derecho subjetivo privado — de plantear esencialmente las condiciones para la realización de la voluntad de las leyes, y en el concepto de relación jurídica procesal, como relación entre las partes y el juez, llegando por ambas vías a afirmar la separación del proceso del derecho sustancial y a refutar el carácter publicista del mismo, ya intuido por Mortara.
En el plano práctico, propugnó Chiovenda la introducción de un procedimiento que, a diferencia del aplicado entonces en Italia, estuviera informado en los principios de la vía oral, de la concentración y de la rapidez, de los cuales percibía elocuentes ejemplos en el proceso penal y en las modernas leyes germánicas y austríacas. Siguiendo esta orientación, elaboró un Progetto di códice di procedura civile (1919). La influencia del pensamiento de Chiovenda fue muy grande en el plano teórico; también en el práctico se intentó seguir las directivas señaladas por él, y los proyectos después elaborados se inspiraron abiertamente en el mismo.
Pero dificultades de diverso orden y la misma desconfianza hacia innovaciones radicales obstaculizaron la acogida íntegra de las tres directivas de Chiovenda Figura ejemplar de hombre por la rectitud de su carácter, sentido escrupuloso del deber y dignidad de conducta, Chiovenda se mantuvo resueltamente apartado de la vida pública, asociando sólo a la actividad de estudioso la práctica de la abogacía.
G. Pugliese