Nació en Brienza (Lucania) el 8 de diciembre de 1748, murió en Nápoles el 29 de octubre de 1790. Fue en 1770 lector extraordinario de Ética en la Universidad de Nápoles, y a partir de 1775 elocuentísimo abogado también. De 1783 a 1785 publicó en dos volúmenes, aumentados a tres más tarde, sus Ensayos políticos… (v.). Su elevación a la cátedra de Derecho penal, en 1785, de la citada Universidad, le proporcionó ocasión de publicar en 1787 unas Consideraciones sobre el procedimiento criminal (v.) y trabajar asimismo en los Principii del códice penale, publicados póstumamente. Tres dramas y una comedia suyos, publicados entre 1787 y 1792 le complicaron en una agria polémica con Pietro Napoli-Signorelli. Nombrado en 1789 abogado de los pobres en el Tribunal del Almirantazgo, llegó a ser juez del mismo en 1794.
Por otra parte, el haber defendido calurosamente, de oficio, a los procesados en el ruidoso proceso político de los «reos de Estado» tramitado en 1794, lo hacía sospechoso, por lo que en febrero de 1796 era detenido, y hasta julio de 1798, después de haber sido absuelto libremente, no fue excarcelado. Desterrado entonces en Roma, y luego en Milán, volvía a Nápoles en enero de 1799, donde, huido Femando IV, había dado comienzo la breve vida de la República, de cuyo gobierno provisional fue influyente miembro, aparte de ostentar la presidencia del Comité legislativo y de redactar un proyecto de Constitución. Caída la República y figurando entre los «reos capitulados» había sido embarcado, el 25 de junio de 1799, en la nave inglesa «Audax» para ser expatriado, pero la violación de la capitulación le valió el encarcelamiento en Castelnuovo, un proceso sumarísimo y la ejecución en la horca en el Carmine.
Esta gloriosa muerte y la subsiguiente aureola de mártir de la libertad fueron en parte a proporcionarle durante decenios una excesiva fama científica, reducida hoy a sus justas proporciones, por cuanto actualmente no se le reconocen otros méritos que los de haber sido, en economía, partidario de los fisiócratas franceses; en Derecho penal un continuador de Beccaria y de Filangieri y un apasionado defensor de generosas, pero a veces utópicas, reformas; en Filosofía un contaminador del «vichismo» con el sensismo de tipo francés. Recordemos también de Pagano: Examen político de toda la legislación de los romanos (1768, v.), Discurso sobre el origen y la naturaleza de la poesía (v.) y Ensayo sobre el gusto y sobre las bellas artes (v.), estas dos últimas publicadas como apéndice a la edición de los Ensayos políticos de 1806.
F. Nicolini