Nació en S. Ginesio (Macerata) en 1552, murió en Oxford el 19 de junio de 1608. Terminados los estudios de Jurisprudencia en Perusa, ingresó inmediatamente en la Magistratura y fue durante tres años pretor de Ascoli. A continuación fue llamado a desempeñar el cargo de abogado en el municipio de S. Ginesio, donde, entre otros trabajos, compiló los estatutos cívicos y trató importantes asuntos con el legado pontificio, cardenal M. A. Colonna.
Cuando su padre, perseguido por sus ideas religiosas, hubo de refugiarse en Carniola, el hijo lo siguió, después de abrazar también el protestantismo. En 1579 se trasladó a Inglaterra, donde, gracias al favor del conde de Leicester, canciller de la Universidad, fue agregado a la facultad jurídica y nombrado primero profesor del St. John College (1582) y después de la Universidad de Oxford (1587). El ardor con que defendió al embajador español Mendoza en el proceso que se inició contra éste por una pretendida conspiración contra Isabel, le valió el nombramiento de abogado de la corona de España en Inglaterra.
Además del tratado Del derecho de guerra (1598, v.) que precede al de Grocio, pero es muy posterior al del español Francisco de Vitoria, que fue editado en 1539, publicó la obra polémica De juris interpretibus, Dialogi VI (1582) y De Legationibus Libri III (1583). Después de su muerte aparecieron sus alegatos en defensa del derecho marítimo y civil en favor de España: Hispaniae advocationis libri dúo.
R. Richard