Sociología Criminal, Enrico Ferri

[Sociología crimínale]. Obra de Enrico Ferri (1856-1929), publicada en 1900, en la que se resume el pensamiento del autor, diseminado en innu­merables monografías. En la introducción enuncia Ferri los principios de la escuela criminal positiva; la gran escuela clásica de Becaria y de Carrara, afirma, se ha per­dido en estériles especulaciones metafísicas, resumidas en la fórmula carrariana de que el delito es un ente jurídico. Pero los tiem­pos plantean una nueva exigencia, nacida de un fenómeno cotidiano: el aumento de la delincuencia. Tal exigencia impone el estudio del delincuente, tanto desde el pun­to de vista antropológico, como del psico­lógico. Lo mismo puede decirse respecto de las penas. La escuela penitenciaria de Howard ha dirigido los métodos de Carrara hacia metas más humanitarias, olvidando sin embargo la higiene criminal, esto es, la prevención de los delitos.

La escuela po­sitiva aplica el método experimental a la ciencia criminal, sin entender destruir con esto los resultados de las escuelas anterio­res, sino integrarlos y renovarlos. Así co­mo en la Medicina la nueva dirección se ha desplazado del examen de la enferme­dad al del enfermo, así en la criminología lo ha hecho del delito al delincuente. Por tanto, al problema de la disminución de la pena contrapone el de la disminución de los delitos, y al estudio abstracto del delito como ente jurídico contrapone el estudio del delito como fenómeno natural y social. Así, pues, ha de examinarse la actuación del delincuente a la luz de varios factores: psicopatológicos, ambientales, hereditarios, etc. Expone primero los datos de la «Antro­pología criminal», que es la «historia na­tural del hombre delincuente». Ella ha de­mostrado que el delincuente es «un salvaje perdido en nuestra civilización», esto es, una variedad antropológica con existencia propia, que representa las razas inferiores, a causa de degeneración, retorno atávico, o desarrollo insuficiente. El hombre delin­cuente es estudiado bajo dos aspectos: el orgánico y el psíquico. Del lado orgánico interesan los datos craneológicos y somá­ticos (reacción fisiológica, sensibilidad al dolor, etc.) que son el fundamento de la herencia criminal. Los datos psíquicos fun­damentales son la insensibilidad moral y la imprevisión. El hombre delincuente no es un tipo abstracto: presenta variedades que pueden clasificarse. Hay que distinguir sobre todo al delincuente habitual del oca­sional. A este propósito, la estadística de la recidiva general y de la recidiva en las varias especies de crímenes confirma indi­rectamente la observación de que, del nú­mero total de delincuentes, sólo una par­te presenta anormalidades individuales que la antropología ha revelado.

Sobre esta clasificación surge otra, más completa y específica, entre delincuentes «locos» (afec­tos de imbecilidad moral, epilépticos, etc.), «natos» (los «salvajes» de que acabamos de hablar), «habituales» (generalmente corrom­pidos sociales), «pasionales» (temperamen­tos morales, pero hipersensibles) «ocasio­nales» (que llegan a la delincuencia por incentivos externos). Se consideran des­pués los datos de la estadística criminal. Tres son los factores que influyen sobre la criminalidad de un pueblo dado: antropo­lógicos o individuales, físicos o cosmotelúricos, y sociales. Estos últimos determinan las variaciones estadísticas de la crimina­lidad en el tiempo. De la acción combina­da de estos factores se desprende la ley de «saturación criminosa», según la cual, en un ambiente social dado se comete un determinado número de delitos. Las penas, tal como son aplicadas, ejercen por tanto una influencia mínima sobre la criminali­dad, influyendo psicológicamente sólo sobre la clase social fundamentalmente honesta. Es preciso recurrir, por tanto, a remedios de otro orden: a los «sustitutivos penales», o sea, a medios indirectos para impedir las condiciones favorables a la criminalidad. Ferri no acepta la teoría de la libertad de la voluntad o libre albedrío, porque la considera desmentida por la ciencia, que demuestra que todo se halla ligado al prin­cipio de causalidad. Por tanto el hombre, cuya personalidad está determinada por la herencia psicofísica y por el ambiente, «obra como siente y no como piensa». Se debe entonces determinar el derecho de castigar de otro modo de que como hacen las escuelas clásicas. Al no poderse hablar de responsabilidad moral individual, debe­rá hablarse de responsabilidad social, esto es, de responsabilidad frente a la sociedad, que tiene el derecho de defenderse. ]?or lo tanto, el hombre es siempre responsa­ble de todos sus actos, únicamente porque vive en sociedad. En cuanto a las sanciones, no deben ser exclusivamente penales, sino tales que satisfagan la exigencia de higiene social (prevención del delito). A tal fin, la escuela positiva reúne en un sistema único las sanciones más dispares: preventivas, re­presivas, civiles, penales.

Medios preventi­vos son los policiales; medios reparadores son la reparación, la remoción del estado antijurídico o la nulidad del propio acto; medios represivos son las penas ordinarias; medios disminutivos son los que «tienen por fin expeler del cuerpo social los ele­mentos no asimilables». Para establecer la forma de sanciones adaptadas al caso sin­gular, es preciso tener en cuenta la peli­grosidad del reo. Para establecer el grado de la sanción es preciso tener en Cuenta el derecho violado y los motivos determi­nantes; estos últimos se deducen de la categoría a que pertenece el delincuente. De este modo se realiza la verdadera justi­cia. Por fin se sugieren las reformas prác­ticas: atenuación del principio «in dubio pro reo», cualquiera que haya sido la prue­ba o que se trate de un delincuente habi­tual; medios científicos adecuados para lle­gar a la identificación del culpable y su clasificación en una de las ya mencionadas categorías: datos fisiognómicos y craneológicos, esfigmográficos, psicológicos, etc.; ca­pacidad científica en los juicios; abolición del jurado, salvo para delitos políticos; la pena de segregación indeterminada en re­lación con la peligrosidad; manicomios para delincuentes locos. La importancia actual de esta obra reside en el hecho de resumir toda la escuela positiva, que durante dece­nios gozó de celebridad mundial. Méritos tuvo la escuela indudablemente, pero no fueron tales como para compensar la ne­gación de la autonomía de la voluntad del hombre y la afirmación de un despiadado determinismo causal, al que se encadenaría la personalidad humana. Indudablemente fue sobre todo fecunda y legítima la exi­gencia de valorar el delito «también» a la medida del delincuente: a tal exigencia se atiende hoy en muchos códigos modernos. Con esta concepción se superaba al positi­vismo, reconociendo implícitamente que el hombre no se puede considerar de manera abstracta, dentro de una pura mecanicidad de causa y efecto, sino en su realidad irre­ductible y en el conjunto de sus propias responsabilidades morales.

A. Reparci