Sobre el Gobierno, John Locke

[On Government]. Ensayo filosófico de John Locke (1632-1704), publicado anónimo en 1690 como prólogo del Tratado sobre el gobierno civil (v.).

Un cierto Sir Robert Filmer había sostenido en el tratado Patriarca que cada gobierno es esencialmente una «monarquía absoluta»; y justifica su afirmación diciendo que «nin­gún hombre nace libre», ya que todo el mundo nace sujeto a la «autoridad real» de sus padres, que se deriva de la autoridad soberana que Adán y los Patriarcas tenían sobre la vida, los bienes y las actividades de sus hijos y descendientes y que aplica­ban por medio de leyes inapelables: tal era el poder que les concedió Dios. A este sistema pseudohistórico – jurídico – teológico, Locke, aunque basándose en las ideas históricas y teológicas tradicionales, aplica una crítica esencialmente jurídica: Adán no tuvo, ni por derecho natural de paternidad, ni por positiva voluntad de Dios, tal autoridad absoluta sobre sus hijos y la Naturaleza; aun en el caso de haberla re­cibido de Dios, no era transmisible a sus herederos; y de todos modos no sería po­sible determinar a qué línea de descendien­tes habría de ser transmitido este derecho, ni, de hecho, en qué raza se encuentra y qué familia puede hoy reclamarlo por suyo.

Por consiguiente, quien no quiere dar un justo motivo para creer que todos los go­biernos del mundo son el resultado del em­pleo de la fuerza y de la violencia, y que los hombres son unos incivilizados rebaños gobernados por el más fuerte, justificando de este modo un endémico estado de des­órdenes, de alborotos, de rebeliones, de pro­nunciamientos, debe encontrar otro origen del poder civil y político, y un procedi­miento para designar las personas que deben estar investidas de autoridad que sea dife­rente del sugerido por Filmer. Locke ter­mina haciendo una distinción entre la au­toridad del padre sobre sus hijos, la de un amo sobre sus criados, la de un marido sobre su mujer, la de un propietario sobre sus esclavos, y la de un magistrado sobre sus súbditos: autoridad, ésta, concedida con vistas al bien público, para la defensa de la comunidad contra todo daño, para el cumplimiento de las correspondientes leyes y el castigo de aquellos que las violan. Así desbrozado el terreno, Locke puede pasar libremente a la exposición de sus ideas sobre el origen y la naturaleza del poder civil en el Tratado sobre el Gobierno civil.

G. Pioli

Hobbes, Hume y Locke son un envileci­miento y un descrédito, durante más de un siglo, del concepto de «filósofo». (Nietzsche)