[Monarchia Messiae]. Obra escrita, en defensa del concepto de teocracia universal, por Tommasso Campanella (1568-1639). Precedida de la refundición italiana (1605) de la obra fundamental De Monarchia Christianorum (compuesta en Padua en 1593 y perdida), la Monarquía del Mesías fue publicada en 1633: la edición fue recogida y se sustituyó por el De regno Dei (1636).
Contiene la exposición del concepto del autor sobre la teocracia universal, a la que también se refieren los Discursos universales del Gobierno eclesiástico. Dios solo y su dominio son el fundamento de todas las autoridades y principados, buenos, mejores, óptimos; sobre todo de la monarquía universal del Mesías. La potencia, la sabiduría, el amor, principios de la metafísica de Campanella, lo son también de toda autoridad. Preferible sería para el Estado que el Príncipe fuese a un mismo tiempo Sacerdote; que Reino y Sacerdocio se conciliasen perfectamente en la misma persona. En este Estado serían abolidas las herejías, los cismas, las guerras, el hambre y la peste, dando a las ciencias amplia oportunidad de aplicaciones prácticas para la producción y difusión de todo cuanto puede defender, enriquecer y embellecer la vida. «Es el diablo el que, envidiándonos tanto bien, se esfuerza por hacernos permanecer todos encerrados, como muchos gusanos, dentro de un pedazo de queso, cada cual prisionero dentro de los confines de su propia región; y por impedirnos comunicar con los demás los resultados de nuestras observaciones y experiencias, y viajar para investigar las obras de Dios en el extranjero, y darnos a conocer y vernos unos a otros… Dios en cambio, precisamente para que se establezcan entre los pueblos estas comunicaciones y comercios tan necesarios, permite las guerras, el hambre, la peste… para obligarnos con estas plagas a viajar, interrogar la ciencia, contemplar el mundo en sus varios aspectos, y las obras de Dios, para hallar remedio a nuestros males…»
Cristo, razón eterna encarnada en el tiempo, es Señor universal y eterno, espiritual y temporal. Él dejó a la Iglesia el fuero eclesiástico y el político, éste modificando y subordinando a aquél; y confirió a entrambos los poderes espirituales y temporales, para que todos los derechos naturales hallasen satisfacción, y todas las profecías y expectativas cumplimiento. A todo el mundo antepuso un caudillo universal, superior a toda ley y a su ejecución. El cristianismo es único, no múltiple, y tiene un solo jefe, rey y juez supremo espiritual y temporal, al cual todos los príncipes y dignidades están sometidos. Con todo, Campanella admite que en el papa el poder espiritual sea el principal, el temporal secundario, y que esta autoridad le ha sido dada no para arrebatar los reinos a los demás, sino para unirlos, corregirlos, reformarlos y, en caso necesario, modificarlos. El emperador, sólo en cuanto defensor de la Iglesia, es el brazo universal principal; y subordinadamente, todo rey lo es en su reino, «en el cual ningún derecho posee sino en cuanto es defensor de la fe evangélica y difundidor del evangelio de Dios». Este derecho universal del papa en materia temporal es de jurisdicción, mientras que la administración está limitada a las tierras que las vicisitudes históricas y las donaciones de los príncipes le han conferido.
Ya San Anselmo reconoce el carácter injusto de casi todo dominio obtenido con la violencia o con el fraude, aunque sea encubierto por el derecho. Un «Apéndice» a la Monarquía del Mesías contiene el tratado de los derechos del Rey Católico sobre el nuevo hemisferio y otros reinos de infieles. Ellos dependen de la investidura del papa, que tuvo caracteres no de arbitraje entre España y Portugal, sino de auténtica y verdadera concesión por parte del «Señor y Rector supremo temporal y espiritual del mundo entero». El tipógrafo editor puso a continuación de la Monarquía, «por razón de conexión necesaria», dos discursos de Campanella; el primero titulado: «No se halla tan amplia ni tan verdadera libertad en ningún estado de Monarquía ni de República en todo el mundo, como la que existe en el Papado», esto es, liberación «del pecado, de la miseria, de la guerra, y del hambre»; el segundo: «¿Qué es mejor: someterse al Imperio Eclesiástico, o bien al Secular?», que concluye en todos los sentidos en favor del primero. Prescindiendo de los motivos personales contingentes que pueden haber sugerido a Campanella la publicación de este tratado, la concepción de una Monarquía universal teocrática que tiene precedentes en las obras que hemos señalado y, en cuanto a ideas economico- sociales, en la Ciudad del sol (v.), se presenta como un disfraz de la concepción de una etnarquía universal bajo una autoridad superestatal, que asegure la armonía entre las naciones y el bienestar de todos los individuos y pueblos.
G. Pioli