Monarquía del Mesías, Tommasso Campanella

[Monarchia Messiae]. Obra escrita, en defensa del con­cepto de teocracia universal, por Tommasso Campanella (1568-1639). Precedida de la refundición italiana (1605) de la obra fundamental De Monarchia Christianorum (compuesta en Padua en 1593 y perdida), la Monarquía del Mesías fue publicada en 1633: la edición fue recogida y se susti­tuyó por el De regno Dei (1636).

Contiene la exposición del concepto del autor sobre la teocracia universal, a la que también se refieren los Discursos universales del Go­bierno eclesiástico. Dios solo y su dominio son el fundamento de todas las autoridades y principados, buenos, mejores, óptimos; sobre todo de la monarquía universal del Mesías. La potencia, la sabiduría, el amor, principios de la metafísica de Campanella, lo son también de toda autoridad. Prefe­rible sería para el Estado que el Príncipe fuese a un mismo tiempo Sacerdote; que Reino y Sacerdocio se conciliasen perfecta­mente en la misma persona. En este Estado serían abolidas las herejías, los cismas, las guerras, el hambre y la peste, dando a las ciencias amplia oportunidad de aplicaciones prácticas para la producción y difusión de todo cuanto puede defender, enriquecer y embellecer la vida. «Es el diablo el que, envidiándonos tanto bien, se esfuerza por hacernos permanecer todos encerrados, co­mo muchos gusanos, dentro de un pedazo de queso, cada cual prisionero dentro de los confines de su propia región; y por impedirnos comunicar con los demás los re­sultados de nuestras observaciones y expe­riencias, y viajar para investigar las obras de Dios en el extranjero, y darnos a cono­cer y vernos unos a otros… Dios en cam­bio, precisamente para que se establezcan entre los pueblos estas comunicaciones y comercios tan necesarios, permite las gue­rras, el hambre, la peste… para obligarnos con estas plagas a viajar, interrogar la ciencia, contemplar el mundo en sus varios aspectos, y las obras de Dios, para hallar remedio a nuestros males…»

Cristo, razón eterna encarnada en el tiempo, es Señor universal y eterno, espiritual y temporal. Él dejó a la Iglesia el fuero eclesiástico y el político, éste modificando y subordi­nando a aquél; y confirió a entrambos los poderes espirituales y temporales, para que todos los derechos naturales hallasen sa­tisfacción, y todas las profecías y expecta­tivas cumplimiento. A todo el mundo ante­puso un caudillo universal, superior a toda ley y a su ejecución. El cristianismo es úni­co, no múltiple, y tiene un solo jefe, rey y juez supremo espiritual y temporal, al cual todos los príncipes y dignidades están sometidos. Con todo, Campanella admite que en el papa el poder espiritual sea el principal, el temporal secundario, y que esta autoridad le ha sido dada no para arrebatar los reinos a los demás, sino para unirlos, corregirlos, reformarlos y, en caso necesario, modificarlos. El emperador, sólo en cuanto defensor de la Iglesia, es el bra­zo universal principal; y subordinadamente, todo rey lo es en su reino, «en el cual nin­gún derecho posee sino en cuanto es de­fensor de la fe evangélica y difundidor del evangelio de Dios». Este derecho universal del papa en materia temporal es de juris­dicción, mientras que la administración está limitada a las tierras que las vicisi­tudes históricas y las donaciones de los príncipes le han conferido.

Ya San An­selmo reconoce el carácter injusto de casi todo dominio obtenido con la violencia o con el fraude, aunque sea encubierto por el derecho. Un «Apéndice» a la Monarquía del Mesías contiene el tratado de los dere­chos del Rey Católico sobre el nuevo he­misferio y otros reinos de infieles. Ellos de­penden de la investidura del papa, que tuvo caracteres no de arbitraje entre España y Portugal, sino de auténtica y verdadera concesión por parte del «Señor y Rector supremo temporal y espiritual del mundo entero». El tipógrafo editor puso a conti­nuación de la Monarquía, «por razón de conexión necesaria», dos discursos de Campanella; el primero titulado: «No se halla tan amplia ni tan verdadera libertad en ningún estado de Monarquía ni de Repú­blica en todo el mundo, como la que existe en el Papado», esto es, liberación «del pe­cado, de la miseria, de la guerra, y del hambre»; el segundo: «¿Qué es mejor: so­meterse al Imperio Eclesiástico, o bien al Secular?», que concluye en todos los sen­tidos en favor del primero. Prescindiendo de los motivos personales contingentes que pueden haber sugerido a Campanella la publicación de este tratado, la concepción de una Monarquía universal teocrática que tiene precedentes en las obras que hemos señalado y, en cuanto a ideas economico- sociales, en la Ciudad del sol (v.), se pre­senta como un disfraz de la concepción de una etnarquía universal bajo una autoridad superestatal, que asegure la armonía entre las naciones y el bienestar de todos los individuos y pueblos.

G. Pioli