Los Derechos del Hombre, Thomas Paine

[The Rights of Man]. En esta obra, publicada en 1791 y dedicada a Jorge Washington, Thomas Paine (1737-1809), inglés emigra­do a Norteamérica, donde sostuvo la cau­sa de las «colonias» contra Inglaterra, con­tribuyendo en gran medida, con sus es­critos, a la guerra de Independencia, re­futa las Reflexiones sobre la Revolución francesa (v.) de Burke, quien había con­denado a la revolución considerándola, no como el triunfo, sino como el fracaso de la libertad. Para Paine, al contrario, la revolución es la afirmación de los «derechos» originarios que el absolutismo monárquico había conculcado durante tanto tiempo. Ta­les derechos son «naturales» (propios del hombre por el hecho de existir) y «civiles» (propios del hombre como miembro de la sociedad, que se resuelven en la «seguridad» y en la «protección»); además, al con­trario que Rousseau en el Contrato social (v.), Paine sostiene que el hombre no cede a la sociedad todos sus derechos naturales, sino sólo aquellos (como la justicia) cuyo ejercicio rebasa los poderes del indivi­duo. Examina después los «orígenes» del gobierno que pueden investigarse: o la su­perstición (gobierno sacerdotal), o la fuerza (gobierno despótico de los conquistadores, monarquía de derecho divino) o la «razón» (gobierno fundado en los intereses y en los derechos).

Compara después la Constitución francesa con la inglesa, cuyas imperfecciones hace notar, afirmando que la Revolución francesa no solamente ha re­conocido la igualdad de los hombres, sino que los ha «elevado», sustituyendo la in­justa dignidad basada en el título por la dignidad auténtica del «valor» individual. Tras otras observaciones sobre la guerra, sobre las relaciones entre Iglesia y Estado, sobre la libertad de conciencia, sobre la interdependencia del concierto entre dere­cho y deber, el autor hace la historia de los acontecimientos que llevaron a la De­claración de los derechos del hombre (v.), de los que toma diecisiete artículos completándolos con observaciones que todavía hoy se leen con interés y provecho. La obra termina con una «conclusión», en la que hace constar que el estado perpetuo de guerra que aqueja a Europa se debe a la ambición de los gobiernos absolutos, en tanto las repúblicas, en las que el interés de los gobernantes se identifica con el del pueblo, son esencialmente pacíficas: difun­dir las repúblicas significa asegurar en el mundo la paz.

D. Zerboni