Las Instituciones Republicanas, Louis-Antoine-Lion de Saint-Just

[Les institutions républicaines]. Colección de apuntes y de notas del francés Louis-Antoine-Lion de Saint-Just (1767-1794), publicada póstuma en 1800, como «Frag­mentos de Instituciones republicanas [«Fragments d’Institutions républicaines»]. En una austera concepción de la libertad de los ciudadanos y de los deberes hacia el Esta­do, Saint-Just pone de manifiesto una com­pleta meditación sobre la antigua legislación republicana, tanto de Roma como de Grecia; y, siguiendo el ejemplo de Montesquieu, considera el valor de la ley y la necesidad de instituciones que fortifiquen la obra de los mejores y la prosigan con fe. Las ins­tituciones son la garantía del gobierno de un pueblo libre contra la corrupción de las costumbres, y son además la garantía de los ciudadanos contra la corrupción de un gobierno. Moral y política están vincu­ladas estrechamente a fin de educar al pue­blo en la idealidad de vivir en el Estado y por el Estado; sin embargo, para evitar contrastes y violencias hay que proteger en la sociedad la seguridad de todo el mun­do. Si la multiplicación de las leyes no contiene nada de bueno para las costum­bres, hay que acudir a instituciones arraiga­das en el alma de cada ciudadano, para evitar vejámenes y tiranías.

Todos tienen que trabajar y contribuir al bienestar de la colectividad; el Estado organiza escuelas y ejércitos, concede libertad de culto, ve­nera la libertad de la naturaleza hasta en la educación de los niños y en la unión de los cónyuges que han de declarar su matri­monio delante del Estado solamente en el caso de nacimiento de prole. Ante el Templo del Ser supremo tendrán lugar las pu­niciones y la distribución de los premios; quien no haya confiado en la amistad o haya cometido actos reprochables será condenado a vestir de negro por toda la vida. El Estado, con los medios a su dis­posición, educa a los muchachos dignos de recibir estudios superiores, concede présta­mos a los matrimonios, y da medios a quien no posee nada para trabajar. Un be­llísimo fragmento es el doce, «Los funera­les», que exige unas solemnes exequias para los ciudadanos difuntos, respetando su rito. A cada familia es concedido un pequeño campo para el entierro. Los cementerios son paisajes risueños; las tumbas están cu­biertas de flores, esparcidas por los niños todos los años. «Es preciso que el respeto de los muertos sea un culto, que se crea que los mártires de la libertad son los ge­nios protectores del pueblo y que la in­mortalidad espera a los que los imitan.

Quien ultraja las tumbas ha de ser deste­rrado.» Este fragmento demuestra que el pensamiento de Saint-Just es resplande­ciente y sagaz, y tiende hacia una auste­ridad republicana y una vida social total­mente nueva, mientras parece clara la in­suficiencia de la posición política ante la situación efectiva de la sociedad francesa. La rigurosidad ardiente y fanática de este jacobino contribuye a valorar completamen­te las exigencias del movimiento republicano que él representaba. Si el culto de las tumbas hace mencionar, en contraste con otras leyes francesas de la época napoleó­nica; las afirmaciones de los Sepulcros (v.) de Foscolo, la proclamación sincera y medi­tada de la libertad y de sus garantías no encuentra más que en Benjamín Constant un defensor igualmente convencido de su necesidad e importancia para toda futura constitución, de 1889 al Tribunado, a la Monarquía de Julio.

C. Cordié