[Physiocratie, ou constitution naturelle du gouvernement plus avantageux au genre humain]. Fueron seleccionados con este título por Dupont de Nemours (1739-1787) los opúsculos y los estudios de carácter económico, publicados e inéditos, de François Quesnay (1694-1774), para constituir «un cuerpo de doctrina determinado y completo que expusiera con evidencia el derecho natural de los hombres, el orden natural de la sociedad y las leyes naturales más ventajosas a los hombres reunidos en sociedad». La doctrina fisiocrática, nacida en el siglo XVIII, en oposición al mercantilismo, sobre el concepto de que solamente la agricultura produce efectivamente la riqueza (producto neto) y que sólo la libertad de cambio puede favorecer su desarrollo, busca a través de estos escritos una base filosófica que considere la existencia de leyes inmutables, y pertenecientes a un orden natural que se deriva de la formación misma de la sociedad. Como ya había ocurrido en la filosofía política medieval, el derecho de naturaleza no procede aquí del estado de naturaleza rousseauniano, sino de un ordenamiento íntimo de las cosas; gracias entonces a una jerarquía teológica, ahora a una interior y física disposición.
Estas leyes de naturaleza no pueden, pues, dejar de ser consideradas las mejores posibles, porque son las únicas verdaderas. Al proclamarlas tales, los fisiócratas se revelan como seres animados por un ardor de fe religiosa. Descubierta y definida la relación de las leyes naturales, estos escritos afirman la necesidad de que las leyes positivas integren y sostengan las mismas leyes naturales sin alterarlas ni violarlas. Son reconocidos como derechos inherentes al orden natural de la sociedad la propiedad personal, la propiedad mobiliaria, la propiedad inmobiliaria y todos los otros derechos que aseguran la existencia y la perpetuación de la especie. No se reconoce la igualdad de todos los hombres, pero es admitido el derecho de todos los hombres a la libertad, dentro del cuadro de las leyes de la naturaleza, que es inmutable y eterna, precisamente porque es voluntad de Dios. En homenaje a la varia distribución de las fuerzas considerada «in re», por una comprobación de carácter inmediato, es admitido, por otro lado, el gobierno despótico, debido a que el soberano asegura el respeto de las leyes naturales, porque es su iluminado intérprete. De esta manera queda legalizado el despotismo, lo cual demuestra que el concepto fisiocrático de la libertad no está sostenido por ninguna exigencia ética y sí limitado dentro de los puros términos de la economía.
L. Rodelli