Fisiocracia o Constitución Natural del Gobierno más Ventajoso al Género Humano, Dupont de Nemours

[Physiocratie, ou constitution naturelle du gouvernement plus avantageux au genre humain]. Fueron seleccionados con este tí­tulo por Dupont de Nemours (1739-1787) los opúsculos y los estudios de carácter económico, publicados e inéditos, de Fran­çois Quesnay (1694-1774), para constituir «un cuerpo de doctrina determinado y com­pleto que expusiera con evidencia el dere­cho natural de los hombres, el orden na­tural de la sociedad y las leyes naturales más ventajosas a los hombres reunidos en sociedad». La doctrina fisiocrática, nacida en el siglo XVIII, en oposición al mercan­tilismo, sobre el concepto de que solamen­te la agricultura produce efectivamente la riqueza (producto neto) y que sólo la li­bertad de cambio puede favorecer su des­arrollo, busca a través de estos escritos una base filosófica que considere la exis­tencia de leyes inmutables, y pertenecientes a un orden natural que se deriva de la formación misma de la sociedad. Como ya había ocurrido en la filosofía política me­dieval, el derecho de naturaleza no pro­cede aquí del estado de naturaleza rousseauniano, sino de un ordenamiento ínti­mo de las cosas; gracias entonces a una jerarquía teológica, ahora a una interior y física disposición.

Estas leyes de natura­leza no pueden, pues, dejar de ser consi­deradas las mejores posibles, porque son las únicas verdaderas. Al proclamarlas ta­les, los fisiócratas se revelan como seres animados por un ardor de fe religiosa. Des­cubierta y definida la relación de las leyes naturales, estos escritos afirman la nece­sidad de que las leyes positivas integren y sostengan las mismas leyes naturales sin alterarlas ni violarlas. Son reconocidos co­mo derechos inherentes al orden natural de la sociedad la propiedad personal, la propiedad mobiliaria, la propiedad inmobilia­ria y todos los otros derechos que aseguran la existencia y la perpetuación de la es­pecie. No se reconoce la igualdad de todos los hombres, pero es admitido el derecho de todos los hombres a la libertad, dentro del cuadro de las leyes de la naturaleza, que es inmutable y eterna, precisamente porque es voluntad de Dios. En homenaje a la varia distribución de las fuerzas con­siderada «in re», por una comprobación de carácter inmediato, es admitido, por otro lado, el gobierno despótico, debido a que el soberano asegura el respeto de las leyes naturales, porque es su iluminado in­térprete. De esta manera queda legalizado el despotismo, lo cual demuestra que el concepto fisiocrático de la libertad no está sostenido por ninguna exigencia ética y sí limitado dentro de los puros términos de la economía.

L. Rodelli