El Federalista, Alexander Hamilton

[The Federalist]. Se­rie de 85 artículos o «essays», escritos en gran parte (al menos 51) por Alexander Hamilton (1757-1804), gran jurista y esta­dista, nacido en las Antillas inglesas, que vivió desde el 1772 en las colonias inglesas americanas, a cuya constitución federativa contribuyó grandemente; y en menor nú­mero (14, sin contar la colaboración en otros tres con Hamilton) por James Madi- son (1751-1836), después cuarto Presidente de los Estados Unidos; otros cinco por John Jay (1745-1829), y los otros 12 compuestos o por Hamilton o por Madison. Publicados en algunos periódicos de Nueva York, des­de el otoño de 1787 a la primavera del 1788, con el fin de persuadir a la población de aquel Estado a que ratificara la constitución de Filadelfia de 1787, que dió forma a la propuesta, hecha primero por Hamilton en 1780, de constituir un sólido gobierno per­manente federal de trece Estados Unidos.

La Constitución de Filadelfia no había adop­tado en pleno el proyecto de gobierno pro­puesto por Hamilton o por Madison, con­trario al principio de la representación igual de cada Estado particular en el Senado, y favorable al derecho de veto federal a las leyes de los Estados y al nombramiento vitalicio del Gobernador (o Presidente) y de los Senadores; en suma, una vuelta en forma modificada a la Constitución inglesa, y una consolidación de la autoridad fede­ral a expensas de la de los Estados en particular. Sin embargo, los dos escritores prin­cipales del Federalista defendían en sus artículos, en bloque, el compromiso repre­sentado por la Constitución de Filadelfia, sin dar ninguna muestra de insatisfacción; les parecía que esta Constitución era infinita­mente superior a la precedente de 1781 que se demostró incapaz de funcionar y que no había manera de modificar por el mo­mento. El Federalista constituyó el primero, y hasta ahora el más importante, tratado sobre el gobierno federal; también el más original, porque el tipo de gobierno creado por la Constitución de Filadelfia no tenía precedentes, según demuestran los tres ar­tículos (18-20) debidos a la colaboración de Hamilton y de Madison, basados en el es­tudio del segundo sobre las Confederaciones antiguas y modernas. Tras de cuatro artículos de introducción de Jay, y doce de Hamilton, sobre el valor de la unión como salvaguardia de los peligros internos y ex­ternos, se demuestra la necesidad de un Gobierno central fuerte para salvar la Unión, para la defensa común, para la li­mitación de la autoridad legislativa, para la organización del ejército, y para la im­posición de impuestos.

Siguen doce artícu­los de Madison sobre la mejor forma de gobierno, sobre los poderes conferidos por la Constitución, sobre la restricción de la autoridad de los diversos Estados, y sobre las relaciones entre la autoridad central y la local. Han de atribuirse a Madison y Ha­milton los artículos siguientes, especialmen­te los que tratan sobre las apelaciones al pueblo, sobre la constitución de la Cámara de Representantes y la asignación de éstos a los diversos Estados y cuestiones relati­vas; en tanto que son de Hamilton los ar­tículos LIX-LXI sobre los poderes del Con­greso; a Hamilton o a Madison correspon­den los LXII-LXIII, sobre los poderes del Senado; a Jay el LXIV, sobre el mismo tema fundamental. Estos últimos hacen re­saltar el inconveniente de confiar a un solo cuerpo las más importantes prerrogativas de la soberanía, formando así una oligarquía, «la más execrable forma de gobierno que la estulticia humana haya constituido ja­más». Corresponden a Hamilton todos los artículos siguientes (LXV-LXXXV) sobre el poder ejecutivo y el judicial, contestando a varias objeciones contra la Constitución actual, y por fin el discurso dirigido al pú­blico del Estado de Nueva York, para que no espere la utopía de una Constitución perfecta, sino que apruebe ésta, que es la mejor posible en las presentes circunstan­cias. «El Federalista — escribe Beard — es el mejor estudio existente en todas las len­guas, sobre la interpretación económica de la política… La Constitución, en verdad, no funcionó hasta que las medidas económicas que implicaba… no fueron seguidas». Ha­milton había visto después que Hume, que, «toda institución crece y prospera, en pro­porción a la cantidad y extensión de los medios concentrados para desenvolverla y apoyarla». Guizot pudo escribir sin dema­siada exageración, qué «en la Constitución de los Estados Unidos no hay ningún ele­mento de orden, fuerza y duración que no haya contribuido poderosamente a introducirse y hacerse dominante».

A. P. Marchesini