[Contrat Social]. Obra del filósofo francés Jean-Jacques Rousseau (1712-1778), publicada en París en 1762. Sólo la unión de sus miembros constituye al pueblo como tal, distinguiéndolo de la plebe amorfa y haciendo de él un cuerpo político: el Estado; la unión nace de una obligación, la cual, para ser jurídicamente válida, debe a su vez tener un fundamento, que para algunos estudiosos del «jus» reside en la fuerza, para otros en la autoridad paternal y para otros, en fin, en la voluntad divina. Refutados estos principios, Rousseau pone como fundamento del cuerpo político un convenio originario, libremente estipulado entre sus miembros, por el cual cada uno se obliga sin reservas para con todos, de donde surge la obligación recíproca de todos para cada uno. De este modo, el individuo, renunciando espontáneamente a su mera independencia natural, en la que predomina la desigualdad de las fuerzas de que cada cual está dotado, se convierte en un ciudadano, o sea que goza de la absoluta igualdad jurídica y moral que caracteriza a una verdadera sociedad.
Condición fundamental de este contrato social es la libertad con que se estipula, la cual no se opone en modo alguno a las leyes naturales, en cuanto éstas afirman precisamente la existencia de la libertad; cualquier forma de esclavitud es siempre artificiosa negación de esta prerrogativa originaria. Por esto, precisamente, un pacto en que los individuos abdicasen de su libertad para entregarse a un dueño que se impusiera por la fuerza, no tendría ningún valor jurídico, y no constituiría un pueblo, sino sólo un rebaño. El contrato social, precisamente por ser absoluto, sin condiciones ni reservas por parte de los individuos, no es nunca fuente de privilegios ni de injusticias, puesto que constituye un cuerpo político unitario, el cual no puede proponerse perjudicarse a sí mismo, perjudicando a sus propios miembros. Este cuerpo jurídico es soberano: su única expresión es la «voluntad general», que no debe confundirse con la «voluntad de todos»: mientras la primera actúa, mediante la creación de las leyes, el bien común del cuerpo social, y por lo tanto se identifica con la universalidad de la voluntad moral íntima a la conciencia de cada uno; la segunda es, en cambio, sólo la suma de voluntades individuales dirigidas a meros intereses particulares, sugeridos por las inclinaciones y las pasiones. Siendo la soberanía expresada por la voluntad general, es, como ésta, indivisible, inalienable, y reside por su propia esencia en todos los miembros del cuerpo político.
Activa emanando las leyes, las cuales conciernen sólo a objetos de utilidad común sin lo cual perderían toda validez. Por cuanto las leyes no pueden no tener carácter general, el poder soberano necesita de un cuerpo ejecutivo, el gobierno que cuide de su aplicación a los casos particulares. Pero éste no deberá sobreponerse a la ley que es llamado a seguir, no a modificar, siendo cometido tutelar la libertad civil y política de la cual la ley misma es expresión. El gobierno o poder ejecutivo tiene formas diversas según el número de miembros que lo constituyen y tendrá tanta mayor fuerza cuanto menor sea ese número. Cuando por la tendencia que el gobierno tiene a vigorizarse cada vez más en perjuicio de la soberanía legisladora, la ley se subordina a los hombres que detentan el poder ejecutivo, el Estado es destruido, el contrato social negado, pues ya no existe un pueblo soberano, sino sólo esclavos y amos. Comparadas ventajas e inconvenientes de las tres formas principales de gobierno: democrático, aristocrático y monárquico, Rousseau juzga ser la mejor la intermedia, la aristocrática, lo cual no quiere decir que tal deba ser la constitución del «estado», puesto que es muy distinta de la del «gobierno»; por el contrario, la soberanía peor es precisamente la aristocrática.
Para impedir la degeneración del cuerpo político es menester oponerse a las menores infracciones a la ley por parte del poder ejecutivo, pues ellas conducirían insensiblemente a poner a éste por encima de la soberana voluntad general. Por medio del examen del «mejor gobierno que existió jamás», el de Roma, Rousseau determina el sistema de política más favorable para conservar la buena constitución del cuerpo político. Finalmente traza las líneas de una religión del estado, que consiste en una profesión de fe puramente civil «cuyos artículos son fijados por la soberanía legisladora no como dogmas de religión, sino como sentimientos de sociabilidad», sin los cuales es imposible ser buen ciudadano: la existencia de la divinidad, el castigo y la remuneración en una vida futura, la santidad del contrato social y de las leyes. Todos los demás dogmas son «ad libitum» de la opinión individual, puesto que se refieren a la otra vida, y no a la práctica de las virtudes morales en ésta, pero queda excluido el principio de la intolerancia, siendo la intolerancia teológica siempre fuente de intolerancia civil y, por lo tanto, de luchas que rompen la unidad social y conducen a la destrucción del cuerpo político. El Contrato Social ha ejercido una acción decisiva en la evolución del pensamiento político y moral del mundo moderno. Con él se relaciona directamente el pensamiento eticopolítico de Kant. [Trad. de Antonio Zozaya (Madrid, 1887)].
E. Codignola
Como pensador Rousseau está muy por encima de todos los demás filósofos franceses del siglo XVIII. (F. Schlegel)
El principio de la libertad ha nacido con Rousseau, y le ha dado, del hombre que se creía infinito, ese infinito vigor. (Hegel)
Voltaire nos roza con menos profundidad: mira hacia un pasado contra el cual lucha, y para hacerle justicia debemos realizar un esfuerzo. En cambio, Rousseau pertenece a nuestra época, y probablemente serán muchas las generaciones que piensen de esta manera acerca de él. (Lanson)
El Contrato Social, gracias al cual se establece sólidamente en el terreno político un genio indiscutible, es para Rousseau una manera de ponerse al nivel de la sociedad que le rodeaba y que con sus modales aristocráticos le hería profundamente… Jamás había tenido tal fuerza explosiva el sueño social. (Fernández)
Junto con el Emilio, este libro ha contribuido a derruir la vieja ciudad teocrática de Calvino. (J. Cocteau)