Así se titula una compilación de derecho eclesiástico que es el resultado de una larga elaboración. En ella pueden distinguirse tres partes. La primera comprende los seis primeros libros, y es una ampliación de la llamada Didascalia de los Apóstoles, obra pseudo-apostólica que circuló en Siria y Palestina ya en la primera mitad del siglo III. La Didascalia trataba de la moral cristiana y de la constitución disciplinaria de la Iglesia. El compilador de las Constituciones Apostólicas dejó intacta la parte estrictamente moral, al paso que, en armonía con la ulterior evolución de la vida eclesiástica, modificó sustancialmente las decisiones contenidas en la Didascalia acerca de la jerarquía y el culto. El libro VII de las Constituciones comprende dos secciones: la primera no es más que una paráfrasis de la antiquísima Doctrina de los doce Apóstoles; la segunda ofrece formularios de oraciones, normas para la instrucción de los catecúmenos y para la administración del bautismo; al final se incluye un catálogo de los obispos consagrados por los Apóstoles. La tercera parte de las Constituciones, comprendida en el libro VIII es, sin duda, la de más valor de toda la obra.
Se subdivide en tres secciones, la primera consagrada a los carismas, que depende probablemente del tratado titulado precisamente De los carismas, de Hipólito; la segunda está consagrada al ceremonial de las ordenaciones, así de los obispos como de los sacerdotes, de los diáconos y diaconisas, de los subdiáconos y de los lectores; la tercera parte contiene, bajo el nombre de Cánones, normas generales y más bien confusas para todos los estados eclesiásticos. Las Constituciones se concluyen con ochocientos cánones eclesiásticos que se dicen de los Santos Apóstoles, concernientes también a las funciones del clero y a sus deberes morales. De estos cánones, veinte están sacados de las prescripciones del sínodo de Antioquía del año 241. El último canon enumera los libros del “Antiguo” y del “Nuevo Testamento”, omitiendo el Apocalipsis e insertando entre las epístolas católicas y los Hechos de los Apóstoles “dos epístolas de Clemente y las Constituciones que a vosotros, obispos, os fueron propuestas por mí, Clemente, las que, sin embargo, por las cosas místicas que contienen, no deben ser de todos conocidas”. Las pacientes investigaciones realizadas por Funk hace unos decenios en torno a esta preciosa compilación han llevado a resultados que pueden estimarse definitivos. Tales resultados son: unidad de autor; lugar de origen, Siria; fecha de compilación, principios del siglo V.
E. Buonaiuti