Obra sociológico-jurídica de la escritora española Concepción Arenal (1820-1894) publicada en Madrid en el año 1865. Constituye una exposición del Código Penal entonces vigente, o sea del de 1850, dirigida a los delincuentes, quienes, en general, opina la escritora, sufren la pena impuesta por una Ley, cuya letra, cuyo espíritu y cuya moralidad desconocen. Viendo por ello en la Ley y en la pena simplemente un poder enemigo más fuerte que ellos y que, por lo tanto, los sujeta y oprime. Basándose en que la primera condición necesaria para que el castigo moralice es el convencimiento, por parte del que lo sufre, de que es justo, va desarrollando la razón de la Ley para castigar cada delito, y las raíces sociológica y psicológica del mal ya que «las Leyes penales varían en los castigos que imponen pero no en las cosas que prohíben, pues la base de todos los Códigos pasados, presentes y futuros, es el principio : No hagas a otro lo que no quieres que te hagan a ti». Las circunstancias eximentes, atenuantes, agravantes, problemas de responsabilidad, las penas (es interesante su definición de la prisión moralmente considerada como reunión forzosa de hombres ignorantes, culpables, débiles y desdichados) y los delitos en particular son analizados, muy especialmente aquellos que pueden tener a la mujer como sujeto activo o pasivo. Es fundamental la afirmación de que los criminales son personas y no cosas, tampoco monstruos, sino dolientes del alma en los que, como los del cuerpo, salvo el órgano u órganos enfermos, los demás funcionan con regularidad y conforme a las leyes establecidas por Dios para todos los seres. El correccionalismo que inspira la obra de Concepción Arenal puede quizá condensarse en esta frase contenida en el prólogo: «El criminal, salvo algún caso raro, no está fuera de la Humanidad; creemos que hay algunos criminales que pueden corregirse y muchos que pueden modificarse, llegando, si no a ser buenos, sí a no hacer mal.»
O. Pérez-Vitoria

