Nació en Weimar el 18 de febrero de 1839 y murió en Jena el 29 de marzo de 1912. Es uno de los primeros teóricos generales del Derecho. Estudió jurisprudencia en las Universidades de Heidelberg, Gotinga y Jena (1857-61), y se graduó con una disertación sobre la subrogación del acreedor según el derecho romano, trabajo del cual refundió y publicó luego una parte bajo el título de El «jus offerendi» del acreedor pignoraticio de grado anterior según el derecho romano< [Das «jus offerendi» des besseren Pfandgläubigers nach römischem Rechte, 1863].
Alcanzada con ello la habilitación para la enseñanza libre en Heidelberg (1863), desempeñó durante algún tiempo funciones judiciales: asesor del tribunal territorial de Eisenach en 1866, llegó, en 1871, a procurador imperial en la misma población, y fue poco después primer procurador imperial de Weimar. Posteriormente siguió vinculado todavía a la actividad práctica a través del cargo de consejero académico de la audiencia de Turingia. Nombrado en 1873 profesor de la Universidad de Rostock, enseñó en ella Derecho romano hasta 1878, año en que sucedió a Muther en la cátedra de Derecho de la Universidad de Jena, donde encargóse también de la introducción al estudio de las ciencias jurídicas o enciclopedia jurídica, materia de su predilección.
Como casi todos los juristas alemanes contemporáneos, mostróse esencialmente romanista, e inició su actividad científica con dos estudios de Derecho romano (Sobre la doctrina de las acciones «in factum» [Zur Lehre von den «in factum actiones»], texto publicado en Zeitschrift für Rechtsgeschichte, 1863, y Das «jus offerendi»), tema que trató asimismo con preferencia desde la cátedra. Sin embargo, la verdadera vocación de Thon fue la teoría general del derecho, concebida como formulación de los conceptos comunes a las disciplinas jurídicas positivas; a ella consagró la principal de sus obras, Norma jurídica y derecho subjetivo (1878, v.), en la que figura precisamente el subtítulo Investigaciones de teoría general del Derecho [Untersuchungen zur allgemeinen Rechtslehre].
En este libro, justamente situado entre los clásicos de la literatura forense, ofrece el autor una reconstitución rigurosamente científica y a veces original de la experiencia jurídica, fundamentada en dos elementos esenciales: la norma, que concibe como imperativo dirigido a la voluntad de los sujetos, y el derecho subjetivo, que, a través de una anticipación de criterios desarrollados luego por otros y sobre todo por Kelsen, presenta casi exclusivamente como capacidad para promover la realización de la sanción. Más tarde trató de nuevo cuestiones de teoría general, primeramente con un examen crítico de la obra de Jhering, El objeto del Derecho [Zweck im Recht, 1880], y después en un estudio sobre los destinatarios de las normas jurídicas (El destino de las normas [Der Normenadressat], aparecido en Jherings Jahrbücher, 1906).
En el resto de la producción científica de Thon, relativamente escasa, por cuanto el autor dedicó sus mejores energías a la enseñanza, cabe mencionar todavía una aportación a las excepciones «reconvencionales» (Die rechtsverfolgende Einrede, en Jahrbücher für die Dogmatik, 1889) y un discurso académico sobre el concepto de causalidad en el derecho penal (Von dem Begrtffe der Verursachung, 1894).
G. Pugliese