Tratado Teologicopolítico, Baruch Spinoza

[Tractatus theologico-politicus]. Esta obra, del filósofo holandés de origen hispano Baruch Spinoza (1632-1677), apareció en 1670, anó­nima y con falsa indicación del lugar de impresión y de editor, para desviar de la cabeza del autor las iras de los rabinos y de los pastores calvinistas holandeses, con­tra los que iba particularmente dirigida la obra.

Identificado a pesar de todo, el autor se vio obligado a sufrir tantas perse­cuciones a causa del libro, que decidió no publicar, mientras viviera, su obra princi­pal, la Etica (v.). Este Tratado teologico- político puede dividirse claramente en tres partes; la primera (cap. I-XIII) trata de una manera especial del modo como se han interpretado las Sagradas Escrituras. Puede decirse además que el Tratado constituye el primer ensayo de historia crítica del An­tiguo Testamento. Tras haber tratado de la profecía y de las profecías en general, del significado de la historia de los judíos y de los milagros, que para Spinoza son he­chos que aparecen como maravillosos ante los que los han presenciado, pero que no por eso escapan a las leyes de la naturaleza, el autor pasa a hablar de las precauciones que conviene tomar en la lectura de los libros del Antiguo Testamento, y de su probable composición, concluyendo que son el resul­tado de elementos heterogéneos según su origen y su valor. Acerca del Nuevo Testa­mento muestra la mayor reserva.

A pesar de estas críticas, Spinoza no sólo no im­pugna el valor religioso de la Biblia, sino que reconoce que ésta ha revelado a los hombres multitud de verdades simples pero sublimes y fundamentales. La segunda parte (cap.. XIV-XV) trata de la fe, fuente de la religión, que ‘ para Spinoza consiste, no en ceremonias externas, sino «en la cari­dad». Desarrolla aquí también la tesis de la plena separación de la Teología, basada en la revelación, y la Filosofía, basada en la razón: son dos caminos paralelos, cada uno de los cuales, si se sigue con buena intención, puede llevar al hombre a la sal­vación. La tercera parte (cap. XVI-XX) es más bien política. En ella habla Spinoza del Estado, del Derecho Natural y Civil, y del poder soberano. Se adhiere en parte a la teoría del contrato social de Hobbes, pero mientras que Hobbes extrae de tal premisa una justificación del absolutismo, Spinoza, a pesar de predicar el mayor respeto hacia el poder constituido, muestra evidentes pre­ferencias hacia la constitución democrática que debe añadir a sus normas fundamentales el principio de la plena libertad en el hecho de la religión. El libro concluye con una defensa de la libertad de pensamiento y de palabra.

El Tratado teologicopolitico po­dría ser considerado como una verdadera anticipación de la Ilustración (v.), si la profunda religiosidad que lo inspira no hi­ciese pasar a un segundo plano los motivos de crítica política, social y teológica. Spino­za no piensa tanto en la sociedad como Hobbes y, más tarde, Locke, como en la humanidad y, sin embargo, refiriéndose a una aplicación concreta de principios, do­mina el mundo de las instituciones y de los intereses desde lo alto de su postura con­templativa.

A. Dell’Oro

Estoy asombrado, deslumbrado, transpor­tado por la admiración. ¡Qué hombre!, ¡qué inteligencia!, ¡qué ciencia y qué espíritu! (Flaubert)

Por lo menos una mitad del Tratado teologicopolítico, aparecido en 1670, podría ser reimpresa hoy sin que perdiera nada de su actualidad. (Renán)