[Tractatus theologico-politicus]. Esta obra, del filósofo holandés de origen hispano Baruch Spinoza (1632-1677), apareció en 1670, anónima y con falsa indicación del lugar de impresión y de editor, para desviar de la cabeza del autor las iras de los rabinos y de los pastores calvinistas holandeses, contra los que iba particularmente dirigida la obra.
Identificado a pesar de todo, el autor se vio obligado a sufrir tantas persecuciones a causa del libro, que decidió no publicar, mientras viviera, su obra principal, la Etica (v.). Este Tratado teologico- político puede dividirse claramente en tres partes; la primera (cap. I-XIII) trata de una manera especial del modo como se han interpretado las Sagradas Escrituras. Puede decirse además que el Tratado constituye el primer ensayo de historia crítica del Antiguo Testamento. Tras haber tratado de la profecía y de las profecías en general, del significado de la historia de los judíos y de los milagros, que para Spinoza son hechos que aparecen como maravillosos ante los que los han presenciado, pero que no por eso escapan a las leyes de la naturaleza, el autor pasa a hablar de las precauciones que conviene tomar en la lectura de los libros del Antiguo Testamento, y de su probable composición, concluyendo que son el resultado de elementos heterogéneos según su origen y su valor. Acerca del Nuevo Testamento muestra la mayor reserva.
A pesar de estas críticas, Spinoza no sólo no impugna el valor religioso de la Biblia, sino que reconoce que ésta ha revelado a los hombres multitud de verdades simples pero sublimes y fundamentales. La segunda parte (cap.. XIV-XV) trata de la fe, fuente de la religión, que ‘ para Spinoza consiste, no en ceremonias externas, sino «en la caridad». Desarrolla aquí también la tesis de la plena separación de la Teología, basada en la revelación, y la Filosofía, basada en la razón: son dos caminos paralelos, cada uno de los cuales, si se sigue con buena intención, puede llevar al hombre a la salvación. La tercera parte (cap. XVI-XX) es más bien política. En ella habla Spinoza del Estado, del Derecho Natural y Civil, y del poder soberano. Se adhiere en parte a la teoría del contrato social de Hobbes, pero mientras que Hobbes extrae de tal premisa una justificación del absolutismo, Spinoza, a pesar de predicar el mayor respeto hacia el poder constituido, muestra evidentes preferencias hacia la constitución democrática que debe añadir a sus normas fundamentales el principio de la plena libertad en el hecho de la religión. El libro concluye con una defensa de la libertad de pensamiento y de palabra.
El Tratado teologicopolitico podría ser considerado como una verdadera anticipación de la Ilustración (v.), si la profunda religiosidad que lo inspira no hiciese pasar a un segundo plano los motivos de crítica política, social y teológica. Spinoza no piensa tanto en la sociedad como Hobbes y, más tarde, Locke, como en la humanidad y, sin embargo, refiriéndose a una aplicación concreta de principios, domina el mundo de las instituciones y de los intereses desde lo alto de su postura contemplativa.
A. Dell’Oro
Estoy asombrado, deslumbrado, transportado por la admiración. ¡Qué hombre!, ¡qué inteligencia!, ¡qué ciencia y qué espíritu! (Flaubert)
Por lo menos una mitad del Tratado teologicopolítico, aparecido en 1670, podría ser reimpresa hoy sin que perdiera nada de su actualidad. (Renán)