Tratado del Alma, P. Francisco Suárez S. I.

[De anima]. Obra filosófica del español P. Francisco Suárez S. I. (1548-1617), que se publicó por primera vez, junto con el De opere sex dierum, en el tomo II de la segunda parte de su comentario a la pars prima de la Suma teológica (v.) de Sto. Tomás, impreso en Lyon en 1621.

Este tratado, tal como hoy lo conocemos, no es obra de una sola pie­za, pues Suárez murió dejando terminados sólo los doce primeros capítulos del lib. I. El portugués P. Baltasar Alvares, que cuidó la edición de esta obra, la completó con las lecciones que sobre el mismo tema ha­bía dado Suárez en Segovia al comienzo de su profesorado en el Colegio de la Compañía de Jesús durante el trienio de 1571 a 1574. El objeto de esta obra es el estudio del alma como sustancia, de sus facultades y de su vida separada del cuer­po. El plan es casi idéntico al seguido por Sto. Tomás de Aquino en la Suma y, a excepción de algunos temas nuevos intro­ducidos por el Cristianismo, al seguido por Aristóteles. De acuerdo con la concepción aristotelicotomista, el alma es concebida como acto primero sustancial del cuerpo físico organizado que tiene vida en poten­cia [«actus primus substantialis corporis physici organici potentia vitam habentis»]; y siendo tres las formas de vida, existen tres especies de almas — vegetativa, sen­sitiva e intelectiva —, que se distinguen entre sí por sus operaciones.

Las superio­res suponen las inferiores, pero no a la inversa. El alma humana, principio inte­lectivo, es: sustancia simple, espiritual, inmortal, forma sustancial del cuerpo e informadora de todas y cada una de sus partes. Entre las facultades y la esencia del alma, media una distinción real y no simplemente de razón. Suárez coincide con los tomistas en no aceptar la existencia de dos entendimientos — agente y posible —, sino tan sólo de dos funciones de un mis­mo entendimiento; pero se aparta de ellos en su doctrina del conocimiento intelec­tual con la subsiguiente modificación de la doctrina de la abstracción. Según Suárez, en la intelección el «fantasma» no influye causalmente, sino tan sólo «materialmente», no entendiendo con ello que el «fantasma» sea la materia de que se saca y produce la especie inteligible, sino nada más el ejemplar [«exemplar»] que induce al entendimiento, de sí indiferente para produ­cir una u otra especie, a la producción de una determinada especie inteligible imita­da de aquel ejemplar.

Por lo que se refiere a la debatida cuestión de la existencia y función de la especie expresa [«verbum mentís»!, Suárez admite su existencia, pero niega que sea aquello «en que» se verifica el conocimiento [«médium in quo»] o que supla al objeto [«médium quod», sino que la considera una forma producida en el acto del conocimiento intelectual, en cuya virtud el entendimiento conoce el objeto, aunque no dicha forma en sí misma [«mé­dium quo»]. El conocimiento intelectual de los singulares se verifica, según Suárez, directamente (no por una reflexión sobre el «fantasma» como en la teoría tomista), mediante una especie propia suya y a tra­vés de un peculiar concepto forjado para cada singular. En cuanto a la voluntad, Suárez no admite que sea determinada por un juicio práctico (teoría tomista), antes bien, afirma su completa indeterminación, tanto interna como externa.

La separación entre el alma y el cuerpo del hombre a consecuencia de la muerte no altera la entidad del alma, sino que nada más cam­bia su modo de vida, por lo cual persiste en el alma el apetito natural a reunirse de nuevo con el cuerpo. De esta exposi­ción se infiere que la doctrina suareciana del alma se conforma en sus líneas genera­les a la aristotelicotomista, si bien pre­senta algunas divergencias notorias, en las que se descubre la influencia escotista, si­quiera en el aspecto crítico.

J. Carreras Artau