Gobierno de la Cosa Pública, Francesc Eiximenis

[Regiment de la cosa pública]. Obra del escri­tor catalán Francesc Eiximenis (1349-1409), escrita en 1483 y dedicada a los jurados de Valencia, a quienes dirige una larga epís­tola, que es de lo mejor que ha escrito Eiximenis, y de sumo interés para el cono­cimiento del estado social de Valencia a fi­nes del siglo XIV.

Salvo esta epístola dedi­catoria, el Regiment de la cosa pública fue incorporado íntegro al libro Doce del Crestiá. En forma independiente, el Regiment sólo se conserva en la edición de Valencia de 1499, reproducida modernamente por el P. Daniel de Molins de Rei en «Els Nostres Clássics». Obra de base agustiniana, define la ciudad como congregación con­corde y suficiente, enderezada a la vida virtuosa. No es, con esto, esta ciudad la «civitas» teórica en la que los autores me­dievales centran la república, sino la ciudad que conoce Eiximenis y que tanto brilla en todo Levante (Barcelona, Valencia, Perpiñán). Por eso le falla la idea del «regnum»; no hay para el Regiment un poder sobre las ciudades como no sea creado o apoyado por ella. Pero sí existe una visión de conjunto de la república, vista como comunidad de leyes y costumbres, y como poder; mante­nida por las leyes cristiana y civil y por la justicia y la fidelidad. Frente a los que consideran la religión como dañosa para el orden puramente político, Eiximenis va­loriza lo que la religión de Cristo significa en favor de la unidad y de la concordia, incluso en el plano más concretamente hu­mano.

El Regiment se ocupa del mejor or­denamiento de la república y pide que las leyes sean dirigidas en favor del interés común y que sean objeto de la general ob­servancia. Ve los daños del sistema electo­ral y propugna su substitución por el ré­gimen insaculativo o de azar. No quiere ciudadanos inútiles, que realmente no son tales ciudadanos, y que deben ser expul­sados de la ciudad cuando no sean realmen­te indigentes, ya que siendo pobres mendi­cantes han de ser objeto de la atención pública. Contra los que estiman dañoso al mercader como entregado al lucro, Eixime­nis considera tal estamento como vida de la cosa pública, y cree que atendiendo esta calificación los mercaderes deben ser fa­vorecidos. Su sentido práctico se ofrece aquí y en otros puntos. El libro se cierra con atinados consejos derivados de su experiencia, siempre en un tono vigoroso, a veces demasiado denso, pero siempre lleno de vitalidad. El Regiment de la cosa pública tiene las características que son generales a la obra de Eiximenis. En él se aprecia su buen sentido acostumbrado y también su credulidad.

P. Bohigas