Del Gobierno de los Príncipes, Santo Tomás de Aquino

[De regimine principum]. Obra filosófico-política de Santo Tomás de Aquino (1225- 1274). Son seguramente auténticos los dos primeros libros de la obra; el tercero y cuarto, que tratan fundamentalmente de las relaciones entre la Iglesia y el Estado, son, en cambio, apócrifos, aunque inspirados en ideas que Santo Tomás ha sostenido en los dos primeros. La obra lleva la dedicatoria «ad regem Cipri».

Santo Tomás parte de la concepción aristotélica según la que el hom­bre es un «animal político» destinado a vi­vir socialmente. Pero es necesario un rector que guíe a los hombres al cumplimiento de su fin, ya que los hombres no saben regirse por sí mismos. Como hay una facultad rec­tora sobre las partes del alma y del cuerpo, así debe haber un principio regente («aliquod regitivum») para la sociedad. El prin­cipio regente pertenece a uno solo: al rey. Está implícito en la idea misma de realeza el que uno solo mande («De ratione regis est quod sit unus qui praesit»). Así, Santo Tomás abona el ideal monárquico cristiano- medieval, constituido por analogía con Dios, rector del universo. Formas inferiores de gobierno son la «política», buen gobierno ejercido por muchos, y la «aristocracia», buen gobierno ejercido por pocos. Malos gobiernos son, en cambio, la «democracia» y la «oligarquía». Pero el gobierno peor es la «tiranía», porque el gobierno de uno solo, cuando es justo es excelente, cuando es in­justo es pésimo. El fin del gobierno es la salvación de la sociedad: la unidad, la concordia, la paz: «unitas quod vocatur pax». Sin esta paz no es posible la reali­zación del fin social, que consiste en vivir según la virtud. El rey, en su gobierno, debe aspirar al honor y a la gloria, pero honor y gloria no son premios adecuados para los cuidados de un buen rey; éste obten­drá su premio de Dios. En efecto, el rey, al gobernar a su pueblo, es ministro de Dios, puesto que, según la teoría teocrática medieval, derivada de San Pablo «non est potestas nisi a Deo».

Así se dibuja la figura ideal del príncipe de la Edad Media: bueno, piadoso, paternal, figura que será tema pre­ferido de todo un género de literatura po­lítica. Los deberes del rey hacen que éste tenga para el reino, la misma función que ejercen el alma con respecto al cuerpo y Dios con respecto al mundo. El rey debe gobernar de manera que distinga y ordene a sus súbditos, así como Dios dispone en orden variado todas las cosas, pero más allá del fin terreno, que es la virtud, existe un fin ultraterreno que el hombre podrá alcan­zar con ayuda de la gracia divina. Existe, pues, un gobierno superior al humano: el gobierno que pertenece a Dios, esto es, a Jesús, y que hace a los hombres hijos de Dios. Cristo es Rey y Sacerdote; de Él, pues, deriva el sacerdocio de los reyes. Se distingue así del orden temporal el orden espiritual confiado a los sacerdotes y, «de manera especial, al Sumo Sacerdote, suce­sor de San Pedro, vicario de Cristo, Pontí­fice romano, al cual todos los reyes de la cristiandad deben someterse como al propio Cristo». No sólo esto, sino que el rey debe hacer por manera que no existan impedi­mentos para la función sacerdotal.

El bien de un pueblo no es sólo el bien momentá­neo; queda, pues, circunscrito el poder tem­poral de los reyes, de los cuales trata espe­cialmente el segundo libro de la obra. Puesto que el fin perseguido por el rey es terre­nal, él debe poseer abundancia de bienes, riquezas naturales y artificiales, como di­nero, buenos ministros, ejércitos valerosos, fortalezas potentes, carreteras seguras y li­bres, y medios para ayudar a los pobres con el erario público. Todo rey o príncipe debe, en fin, atender al culto divino, no solamente como hombre, sino también como rey, pues­to que el rey es el «ungido del Señor» y de Dios recibe autoridad sobre la tierra. [Trad. por Alonso Ordóñez das Seyjas y Tobar, bajo el título: Tratado del Gobierno de los Príncipes (Madrid, 1625). Esta misma tra­ducción, revisada y corregida por don Vicente García de la Huerta, fue reimpresa en el siglo XVIII (Madrid, 1788). Existe, además, otra edición con texto latino y traducción castellana por León Carbonero y Sol bajo el título: El gobierno monárquico, o sea, el libro de Regimine Principum (Se­villa, 1861)].

E. Pací